El Gobierno regional aprueba la revisión del Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha, que tendrá una vigencia de cuatro años

Toledo, 31 de julio de 2017.- El Gobierno regional ha aprobado, por un plazo de vigencia de cuatro años, la revisión del Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha (PLATECAM), que es el marco operativo con el que cuenta la Comunidad Autónoma para hacer frente a las situaciones de grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe que puedan surgir en la región y que tiene como principal objetivo evitar o minimizar la pérdida de vidas humanas y de bienes materiales.
 
Desde su aprobación en diciembre de 2005, el PLATECAM asumió, de forma expresa, naturaleza de Plan Director, convirtiéndose así en el referente e impulsor del sistema de planificación de protección civil de ámbito autonómico frente a los riesgos presentes en la región. Por lo tanto, en base al mismo se han ido elaborando los diferentes planes en la materia, tanto especiales como específicos, con los que cuenta hoy la región.
 
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica hoy la Orden de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se aprueba la revisión del PLATECAM, en la que se establece que, pasados los cuatro años de vigencia, deberá promoverse de nuevo su revisión. 
 
En esta misma Orden se aprueba también la revisión del Plan de Emergencia Exterior del Complejo Petroquímico de Puertollano (Ciudad Real), del Plan Especial de Emergencia Exterior de la Compañía Logística de Hidrocarburos, S.A., para su establecimiento sito en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), y del Plan Especial de Emergencia Exterior de Cepsa Gas Licuado, S.A., para su establecimiento de Cebolla (Toledo).
 
Estos tres planes tendrán un plazo de vigencia de tres años, teniendo que volverse a revisar pasado este periodo.
 
El Real Decreto 840/2015, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, determina que, para los establecimientos que en sus procesos productivos utilicen determinadas cantidades de las sustancias que se enumeran en dicho texto, debido al riesgo intrínseco existente, los órganos competentes de las comunidades autónomas, con la colaboración de los industriales, tienen la obligación de elaborar un plan de emergencia exterior para prevenir y, en su caso, mitigar las consecuencias de los posibles accidentes graves previamente analizados, clasificados y evaluados.
 
De acuerdo con la normativa que los regula, habiendo transcurrido cuatro años desde la revisión del Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha y tres desde la última revisión de los citados planes especiales de emergencia exterior, se ha procedido a realizar una actualización del contenido de dichos planes de protección civil.
 
Además de la difusión que de estos planes se haga entre las empresas y administraciones directamente afectadas, su texto íntegro podrá ser consultado en la sede de la Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, así como en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (www.castillalamancha.es).

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