CCOO ha logrado una sentencia que reconoce el derecho de una trabajadora de la limpieza de la planta de Químicas del complejo Repsol-Puertollano a cobrar el plus tóxico, penoso y peligroso al igual que lo perciben las personas que prestan el mismo servicio de limpieza en la planta de Petróleo del recinto petroquímico.
La sentencia del juzgado de lo Social nº 3 de Ciudad Real, que es firme, declara que la trabajadora debe percibir mensualmente el mencionado plus “a razón del 20% del salario base diario por día efectivos de trabajo, con las correspondientes actualizaciones”; y condena a su empresa a abonarle los atrasos desde septiembre de 2021, a razón de 5,78 euros por día efectivo de trabajo.
Se pone así fin al agravio salarial que venía sufriendo esta mujer desde 2007, cuando comenzó a trabajar para la contrata de la Limpieza de Repsol-Químicas. Y abre además una vía judicial expedita para que las otras cinco personas en su misma situación logren también el reconocimiento del plus. Todas ellas, cuatro mujeres y un varón, han comenzado ya a tramitar las correspondientes demandas a través de la asesoría jurídica de CCOO-Ciudad Real.
La magistrada que emite la sentencia relata en los hechos probados que “en el complejo Repsol Puertollano existen dos plantas, Repsol Petróleo y Repsol Químicas”, pero que, mientras “los trabajadores de la contrata de la limpieza adscritos a Repsol Petróleo cobran plus de toxicidad desde 1992, como consecuencia de un reconocimiento judicial de esa partida (…), los trabajadores adscritos a Repsol Químicas no lo cobran.”
Señala además que, en la actualidad, Repsol tiene adjudicadas ambas contratas a una única empresa, Optima Facility Services SL, y que “ocasionalmente, los trabajadores de la contrata realizan trabajos de sustitución entre las diferentes plantas.”
Pero, sobre todo, la sentencia subraya en los fundamentos de derecho, “aunque haya dos plantas, se trata de un mismo recinto (…) sin que se haya acreditado que sean diferentes los riesgos que existen en uno y otro sector (…) los riesgos ambientales son los mismos para ambas ramas puesto que se trata del mismo centro de trabajo, en el mismo complejo.”
“Se trata de trabajadores de la misma categoría profesional o similar, limpiador y conductor limpiador, con las mismas funciones, que ejecutan su trabajo en el mismo centro, para la misma contrata, que vienen siendo subrogados en relación a un único contrato de limpieza, que incluso realizan tareas de forma esporádica en ambas secciones del complejo, y sin que se haya acreditado que el plus se aplique por las condiciones concretas del puesto de trabajo en la sección de Petróleo.”
“Todas estas son razones por las que procede estimar la demanda”, concluye la magistrada, que indica que su razonamiento jurídico es el aplicado por el TSJ-CLM en sucesivas sentencias en las que, a instancias de CCOO, reconoció el derecho de todos los trabajadores de dos contratas de Repsol que prestaban servicios en el complejo petroquímico de Puertollano a cobrar el plus de toxicidad recogido en su convenio colectivo de aplicación; pero que sus respectivas empresas pagaban a unos sí y a otros no en función de si habían sido o no objeto de subrogación.
Una de estas sentencias adquirió firmeza tras rechazar el Supremo el recurso de casación presentado por la empresa, y es en esta doctrina, que se resume en que “no existe razón o justificación de ningún tipo que permita amparar o legitimar las diferencias salariales” entre trabajadores que realizan las mismas tareas y en el mismo centro de trabajo, la que aplica la magistrada del Juzgado de lo Social nº 3 de Ciudad Real al caso de la limpiadora de la planta de Químicas del complejo de Repsol-Puertollano defendida por CCOO.
CCOO-Hábitat considera muy valiosa esta sentencia lograda por la asesoría jurídica del sindicato. Lo es, indudablemente, para esta mujer trabajadora y lo es también para su compañero y sus compañeras de la limpieza de Repsol-Química que vienen siendo durante años objeto del mismo agravio retributivo; y que tienen ahora abiertas las puertas para conseguir la declaración judicial de su derecho a cobrar el plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad al igual que lo cobran las y los trabajadores de su misma contrata adscritos a la limpieza de la planta de Petróleo.