Sanidad mantiene en Toledo la suspensión de los mercadillos y el cierre de piscinas recreativas de uso público

El concejal de Movilidad y Seguridad Ciudadana, Juan José Pérez del Pino, ha informado este viernes de algunas de las medidas más destacadas en la resolución publicada este jueves por la Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad en Toledo mediante la cual se extienden las medidas adoptadas en la resolución del pasado 27 de agosto y se incorporan medidas específicas para la ciudad como es el caso de la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre o el cierre de las piscinas recreativas de uso público, independientemente de su titularidad.

Según ha expresado el edil, el cierre de piscinas recreativas de uso público, independientemente de quién sea el titular, afecta también a las piscinas cubiertas climatizadas “con las que estamos trabajando para que, en cuanto sea posible, al menos puedan abrirse a la práctica deportiva de atletas federadas si no puede ser a ocio”.

De otro lado, cabe recordar el resto de medidas incluidas en la resolución, entre las que se encuentran el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales. En bares, restaurantes y establecimientos de hostelería similares, el aforo se reduce al 50 por ciento del máximo establecido para consumo en el interior del local. Las terrazas de bares y restaurantes reducen su aforo al 75 por ciento del máximo establecido, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Con respecto a los centros sociosanitarios incluye la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día y Servicios de Estancias Diurnas, la supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables, la entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario y no se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta.

Al reingreso, deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid19 en el plazo de los seis meses previos no precisarán de dicho aislamiento preventivo y a los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

Referido a las actividades religiosas de ámbito social, las medidas incluyen que todas las celebraciones religiosas limitan el aforo al 50 por ciento de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal; la restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres es de un máximo 10 y la restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos a un máximo de 25.

En cuanto a las medidas complementarias, se suprimen eventos deportivos con asistencia de público promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Se podrá valorar su autorización en el caso de realizarse sin asistencia de público y se establece un aforo máximo del 50 por ciento en cines, teatros y auditorios.

También se establece un aforo máximo del 50 por ciento en Bibliotecas, Museos y visitas a monumentos y los hoteles sólo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad. Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25 por ciento de su capacidad y los espectáculos taurinos con un aforo máximo del 50 por ciento del autorizado previamente.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales, deben extremarse las medidas higiénico sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento y se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento y los supermercados y centros comerciales limitan su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

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