Orden 104/2026: las instrucciones del curso 2026/2027 en CLM

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha ha publicado la Orden 104/2026, de 3 de julio, con las instrucciones que regirán la organización y el funcionamiento de los centros educativos sostenidos con fondos públicos durante el curso 2026/2027. La norma se aplica a todas las enseñanzas recogidas en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, y llega tras meses de negociación entre el sindicato ANPE y la administración autonómica.

Qué regula la nueva orden

El texto no se limita a los horarios del profesorado. También fija criterios sobre la organización y gestión de los centros, los documentos programáticos de cada curso, el funcionamiento de la plataforma EducamosCLM, la coordinación entre docentes, la atención educativa al alumnado, el uso de dispositivos móviles en las aulas, el acceso a los centros y el calendario de evaluaciones. La Consejería enmarca todas estas medidas en un mismo objetivo, que es ordenar el arranque del curso antes de septiembre.

Coordinación docente más flexible

Una de las novedades afecta a las reuniones de coordinación de los cuerpos docentes, que a partir de ahora podrán celebrarse de forma presencial o telemática, dentro o fuera del centro. La decisión corresponde al Claustro de Profesorado, en ejercicio de su autonomía, o al órgano que las convoque en cada caso.

Compensación horaria: lo pactado ya es oficial

La orden formaliza además las medidas de compensación horaria que ANPE y la Consejería ya habían anunciado como acuerdo el pasado junio. El profesorado de ESO, Bachillerato, FP, Educación de Personas Adultas y Enseñanzas de Régimen Especial que supere excepcionalmente los 18 periodos lectivos semanales verá compensado el exceso con dos horas complementarias por cada hora extra.

Los docentes mayores de 55 años disfrutarán de una reducción de dos horas complementarias de permanencia semanal en el centro, aunque condicionada a realizar un mínimo de dos horas complementarias fuera del horario lectivo del alumnado, con el fin de garantizar la cobertura organizativa. Para el profesorado de Infantil y Primaria que supere su horario de referencia, el Claustro deberá elegir entre dos fórmulas: dos periodos lectivos semanales más un recreo semanal, o dos periodos lectivos semanales más dos horas complementarias al mes.

Será cada Claustro, en el uso de su autonomía, quien decida qué opción aplica en su centro durante el curso 2026/2027.

Ámbito de aplicación

La orden afecta a todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos en Castilla-La Mancha, desde Infantil hasta Bachillerato, pasando por la Formación Profesional y la Educación de Personas Adultas. Su desarrollo se completará con instrucciones más concretas en materias como la Mesa Sectorial de Educación, donde ya se han tratado asuntos como el protocolo ante agresiones al profesorado.

Preguntas frecuentes

¿A qué centros afecta la Orden 104/2026?

A todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha que imparten las enseñanzas de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.

¿Quién decide cómo se compensa el exceso de horario en Infantil y Primaria?

El Claustro de Profesorado de cada centro, que debe elegir entre dos periodos lectivos más un recreo semanal, o dos periodos lectivos más dos horas complementarias al mes.

¿Qué condición tiene la reducción horaria para mayores de 55 años?

Los dos horas complementarias de reducción semanal están condicionadas a que el docente realice un mínimo de dos horas complementarias fuera del horario lectivo del alumnado, para garantizar la cobertura organizativa del centro.

¿Las reuniones de coordinación docente serán siempre presenciales?

No. La orden permite que se celebren de forma presencial o telemática, dentro o fuera del centro, según decida el Claustro de Profesorado.

Fuente: ANPE Castilla-La Mancha (nota original).

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