Nueva norma regula la formación para directores de centros educativos

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El Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que regula la formación necesaria para ejercer la función directiva en centros educativos públicos. La norma, que desarrolla el artículo 135 de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, entrará en vigor el 1 de julio de 2026 y comenzará a aplicarse a partir del curso escolar 2026-2027.

Los programas formativos tendrán validez en todo el territorio nacional y podrán ser impartidos tanto por el Ministerio de Educación como por las administraciones educativas autonómicas.

Qué establece el Real Decreto

La norma fija las características de los programas de formación para adquirir las competencias directivas en los centros educativos públicos no universitarios. La duración mínima de la formación se establece en 120 horas, con una estructura modular que permite combinar diferentes bloques temáticos.

Los títulos expedidos tendrán validez indefinida, aunque queda abierta la posibilidad de actualización periódica. El Real Decreto también aclara que las habilitaciones obtenidas antes de su entrada en vigor se reconocerán siempre que no hayan transcurrido ocho años desde su expedición.

Contenidos mínimos de la formación directiva

El programa formativo deberá incluir al menos los siguientes bloques:

  • Marco normativo: legislación aplicable a la función directiva en la educación pública.
  • Organización y funcionamiento del centro: gestión de recursos, procedimientos administrativos y planificación.
  • Liderazgo pedagógico: desarrollo del equipo docente y mejora de los resultados educativos.
  • Participación y convivencia: relación con familias, alumnado y entorno social del centro.
  • Intervención estratégica: diagnóstico de necesidades y diseño de planes de mejora.
  • Proyecto de dirección: elaboración de un proyecto real con indicadores de evaluación, enfoque en igualdad de género y prevención de violencias.

El sindicato ANPE Castilla-La Mancha, que representa al profesorado de la enseñanza pública regional y mantiene un convenio con Globalcaja para el profesorado de CLM, ha difundido los detalles de esta regulación entre sus afiliados.

Plazos y entrada en vigor

La norma entra en vigor el 1 de julio de 2026. A partir del curso 2026-2027, las administraciones educativas deberán adaptar sus programas de formación directiva a lo que establece el Real Decreto. La publicación en el BOE completará el proceso de entrada en vigor.

Reconocimiento de habilitaciones anteriores

Los docentes que ya tienen habilitación para ejercer la dirección no deben repetir la formación si esta fue emitida hace menos de ocho años. A partir de ese plazo, la normativa prevé la posibilidad de actualización, aunque los detalles se regularemos en el desarrollo posterior de la norma.

Este Real Decreto se suma a otras novedades del ámbito educativo, como los procesos selectivos de ingreso al cuerpo de maestros con listas de admitidos para la convocatoria 2026.

Preguntas frecuentes sobre la formación directiva

¿Cuándo entra en vigor el Real Decreto?

El 1 de julio de 2026, con implantación práctica a partir del curso escolar 2026-2027.

¿Cuántas horas dura la formación?

La duración mínima es de 120 horas, con estructura modular.

¿Quién puede impartir la formación?

El Ministerio de Educación o cualquier administración educativa autonómica. Los programas tienen validez en todo el territorio nacional.

¿Tengo que repetir la formación si ya tengo habilitación?

No, si tu habilitación tiene menos de ocho años desde su emisión. A partir de ese plazo la normativa prevé actualización.

¿Cuánto dura la certificación?

La certificación tiene validez indefinida, aunque el Real Decreto contempla mecanismos de actualización periódica.

¿Qué normativa regula la función directiva?

El artículo 135 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), y el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros en mayo de 2026.

Fuente: ANPE Castilla-La Mancha (nota original).

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