El Pleno debatirá una modificación del ROPAG para aumentar la transparencia y la participación

El Pleno del Ayuntamiento de Ciudad Real debatirá mañana una modificación del Reglamento orgánico de Pleno y de las Áreas de Gobierno (ROPAG) para su adaptación a la normativa vigente en materia de transparencia, y también para permitir la participación a distancia de miembros del Pleno que se encuentren en situación de baja o permiso de maternidad/paternidad.

El Pleno del Ayuntamiento de Ciudad Real debatirá mañana una modificación del Reglamento orgánico de Pleno y de las Áreas de Gobierno (ROPAG) para su adaptación a la normativa vigente en materia de transparencia, y también para permitir la participación a distancia de miembros del Pleno que se encuentren en situación de baja o permiso de maternidad/paternidad.

Según ha explicado la portavoz del Equipo de Gobierno, Sara Martínez, los concejales deberán realizar cada año sus declaraciones de actividades y de bienes patrimoniales. Estas declaraciones serán publicadas, omitiendo los datos relativos a la localización concreta de los bienes inmuebles y se garantizará la privacidad y seguridad de sus titulares, y serán publicadas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Las declaraciones se publicarán también en el Portal de Transparencia.

Además, se modificaría el Reglamento para permitir la asistencia a distancia a la sesión de los miembros del Pleno que se encuentren en situación de baja o permiso de maternidad/paternidad, así como aquellas que padezcan enfermedad grave que claramente impida su asistencia personal a la sesión. Podrán asistir a la misma, debatir y emitir su voto a través de videoconferencia u otro procedimiento similar que ofrezca suficientes garantías del sentido del voto y de su libertad para emitirlo.

Se excluyen de la posibilidad de participación a distancia:

a) El Pleno de constitución de la entidad local.

b) La elección de Alcalde o Alcaldesa, y de Presidente o Presidenta de la entidad local.

c) La moción de censura.

d) La cuestión de confianza.

Además, cuando concurran situaciones excepcionales de fuerza mayor, de grave riesgo colectivo, o catástrofes públicas que impidan o dificulten de manera desproporcionada el normal funcionamiento del régimen presencial de las sesiones de los órganos colegiados del Ayuntamiento, estos podrán, apreciada la concurrencia de la situación descrita por el Alcalde/sa o Presidente/a o quien válidamente les sustituya al efecto de la convocatoria de acuerdo con la normativa vigente, constituirse, celebrar sesiones y adoptar acuerdos a distancia por medios electrónicos y telemáticos.

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