El 45% de los despidos que celebraron actos de conciliación el año pasado, en Castilla-La Mancha, terminaron con acuerdo entre las partes

Algo más del 45% de los despidos que se produjeron en el año 2017 en Castilla-La Mancha registrados en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) terminaron con acuerdo entre las partes, un 22% de avenencias en el caso del resto de conciliaciones. Así se recoge en el informe de actividad relativa al año 2017 que ha elaborado el Servicio de Mediación  adscrito a la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo que arroja un total de 16.928 conciliaciones individuales celebradas en Castilla-La Mancha durante 2017.

Según el mismo documento, Toledo, con un 31%, es la provincia que mayor número de conciliaciones tuvo en la fecha del estudio; seguida de Albacete y Ciudad Real, ambas con un 22%; tras ellas Guadalajara con un 14%, siendo Cuenca la que menor número de conciliaciones celebró durante 2017, con un 11%.

De un modo muy mayoritario las reclamaciones que conducen a un acto de conciliación son a instancia de trabajadores de nacionalidad española, varones y de trabajo especialista y no cualificado y con una antigüedad en la empresa inferior a dos años. Lo que no deja de ser una traslación de la realidad del mercado de trabajo regional. Del total de reclamaciones realizadas, 3.685 se corresponden con la provincia de Albacete; 3.767 con la de Ciudad Real; 1.838 se celebraron en la provincia de Cuenca; 2.310 en la de Guadalajara y 5.328 en la provincia de Toledo.

Las reclamaciones de cantidad, con un 50%, más los despidos, con un 33%, suponen más de cuatro quintas partes de la conflictividad.

El presente informe que, en el afán de una gestión transparente, ha publicado el Ejecutivo autonómico, trata de hacer una aproximación al diagnóstico de la conflictividad laboral individual en Castilla-La Mancha durante el año 2017, a través de la actividad registrada en el Servicio de mediación, arbitraje y conciliación (SMAC) en nuestra región, que es la autoridad laboral ante la que deben efectuarse los actos de conciliación previos a la vía judicial.

La conciliación previa viene impuesta por la Ley reguladora de la Jurisdicción Social, y persigue alcanzar un acuerdo entre la empresa y sus trabajadoras o trabajadores en el caso de reclamaciones de índole laboral, con el fin de evitar el pleito, y siempre como requisito previo al procedimiento judicial.

Las cuestiones que se someten a conciliación administrativa previa ante el SMAC son las relacionadas con el contrato de trabajo suscrito, relativas a despidos, sanciones disciplinarias, reclamaciones de cantidad y otras causas varias.

En el documento elaborado por el SMAC resalta el alto porcentaje de avenencia, es decir de acuerdo entre las partes de la provincia de Guadalajara con respecto a la media regional, hecho que sin duda está vinculado al también mayor porcentaje de despidos como motivación de la reclamación en esta provincia.

El porcentaje de extranjeros se incrementa por encima de la media regional claramente en las provincias de Cuenca y Guadalajara. La antigüedad en la empresa inferior a dos años de quienes acuden al SMAC, mayoritaria en toda la región, es mucho más acusada en Toledo.

El documento íntegro se encuentra en el siguiente enlace.

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