Un Juzgado de Ferrol entiende que el banco debe tener un mecanismo antiphishing

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ferrol ha condenado al banco BBVA a reponer a uno de sus clientes la cantidad de 2.120 euros que le habían sido estafados mediante phishing. El phishing es una forma de estafa en la que la víctima proporciona sus datos de acceso a la banca electrónica pensando que se los está proporcionando a su entidad, cuando en realidad se produce una suplantación de identidad.

El Juzgado considera que la entidad bancaria está obligada a adoptar una serie de medidas de seguridad y contar con mecanismos de supervisión que permitan detectar operaciones fraudulentas en la prestación de servicios de pago. La finalidad de los ataques phishing es obtener de forma fraudulenta los códigos y contraseñas de los clientes de banca electrónica para realizar cargos y transferencias no autorizadas.

La defensa del cliente, ejercida por el despacho de abogados Asesority, especialistas en Derecho Bancario, indica que la sentencia no acredita la existencia por parte del banco de un mecanismo de protección contra el phishing para los usuarios de los instrumentos de pago emitidos por la entidad. Además, el banco no habría puesto en conocimiento del usuario los datos necesarios para que este supiera que se trataba de un acto fraudulento.

La estafa se produjo en noviembre de 2022, cuando la víctima recibió un mensaje de texto en su teléfono móvil que estaba incluido dentro de la conversación que tenía con BBVA, por lo que inicialmente no sospechó del fraude. En el mensaje se le comunicaba la aceptación de una operación que presuntamente había realizado y se adjuntaba un enlace web para cancelarla en caso de no reconocerla. La víctima introdujo su nombre de usuario y contraseña.

Se realizaron varios cargos fraudulentos en sus tarjetas, por un total de 2.120 euros. El Juzgado considera que no puede tacharse de gravemente negligente la conducta de la demandante, ya que recibió el mensaje de texto en el mismo canal en el que normalmente recibe las comunicaciones del banco.

Como resultado de la sentencia, el banco ha sido condenado a pagar a la demandante la suma de 2.120 euros, más los intereses legales desde la fecha de presentación de la primera reclamación extrajudicial. La sentencia ya es firme y el cliente ha recuperado su dinero.

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