Iberia condenada a indemnizar a una pasajera por pérdida de equipaje durante 21 días
El Juzgado de lo Mercantil número 10 de Madrid ha emitido una sentencia en la que condena a la aerolínea Iberia a pagar una indemnización de 1.500 euros a una pasajera por dejarla sin su maleta durante 21 días. Esta resolución ha sido tomada amparada bajo los artículos 19 y 22 del Convenio de Montreal, lo que representa un avance en los derechos de los pasajeros en relación a las pérdidas de equipaje.
Hasta ahora, los juzgados tendían a indemnizar con cuantías más altas en casos de pérdida de equipaje por parte de las aerolíneas, pero no en casos de retrasos en la entrega de las maletas. Según reclamador.es, compañía online de servicios legales, esta sentencia marca un precedente en el que se reconocen los inconvenientes y daños que sufre un pasajero incluso cuando recupera su equipaje en buen estado, pero luego de una demora significativa.
El abogado de reclamador.es que defendió el caso, Jorge Ramos, ha mostrado su satisfacción con la sentencia y destaca que el tiempo en el que se priva a un pasajero de su equipaje causa un gran daño moral. Además de la angustia y la incertidumbre, también implica una pérdida de tiempo para realizar las gestiones necesarias y repercutir en las funciones laborales o personales del pasajero.
En este caso concreto, la pasajera volaba desde Santander hasta Lanzarote por motivos de trabajo y al llegar a su destino se encontró con la desagradable sorpresa de que su maleta no estaba. Esto le causó una gran angustia, ya que dentro tenía material necesario para sus funciones laborales y desconocía si lo recuperaría o tendría que adquirir nuevos materiales.
La afectada presentó el Parte de Irregularidad del Equipaje antes de abandonar el aeropuerto, un documento necesario para iniciar una reclamación por problemas con el equipaje en un vuelo. Tres semanas después, la aerolínea informó que habían recuperado la maleta, lo que implicó que la pasajera tuviera que volver al aeropuerto y sufrir una pérdida de tiempo adicional.
La jueza que emitió la sentencia mencionó que esta situación generó una «afectación en la psiquis de la pasajera», lo que se tradujo en un daño moral. De acuerdo con el Convenio de Montreal, la indemnización máxima prevista para la pérdida y retraso de equipaje es de 1.288 derechos especiales de giro, que equivalen a aproximadamente 1.500 euros. Esta indemnización no solo cubre el daño material, sino también el daño moral mencionado en la resolución.
En base a todos estos elementos, la jueza ha estimado íntegramente la demanda presentada por reclamador.es y ha determinado que la cantidad de 1.500 euros es razonable para resarcir tanto el daño moral como el material, ya que además de no contar con su material de trabajo, la pasajera tuvo que gastar dinero en productos de aseo y ropa durante los días en que estuvo sin su maleta.
En conclusión, esta sentencia representa un avance en los derechos de los pasajeros y establece precedentes para futuros casos similares. Las aerolíneas deben ser responsables y garantizar el transporte adecuado del equipaje de sus pasajeros, y en caso de incumplimiento, deben asumir las consecuencias económicas adecuadas.