Sentencia del Tribunal Supremo Define un Nuevo Horizonte a Favor de los Consumidores en la Prescripción de Gastos Hipotecarios, según Para Arriaga Asociados

En un fallo histórico que marca un antes y después en la jurisprudencia española sobre las cláusulas de gastos hipotecarios, el Tribunal Supremo (TS), Sala de lo Civil en Pleno, emitió la sentencia número 857/2024 el pasado 14 de junio de 2024. Este dictamen se basa en la resolución a una cuestión prejudicial presentada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la cual dictaminó el 25 de abril de 2024. La sentencia del TS está en total consonancia con los preceptos de la Unión Europea, reafirmando su obligatoriedad para todos los jueces de los países miembros.

La sentencia del Tribunal Supremo representa la primera declaración de este alto organismo sobre la materia, alineándose complemente con la doctrina jurisprudencial del TJUE. Esta establece que el período para iniciar reclamaciones basadas en la nulidad de cláusulas de gastos hipotecarios comienza a partir del momento en que la sentencia que declara la nulidad de dichas cláusulas se vuelve firme. No obstante, se deja una puerta abierta en caso de que se demuestre que el consumidor específico era consciente o pudo haber sido consciente de la naturaleza abusiva de la cláusula antes de esta fecha, correspondiendo la carga de la prueba sobre este conocimiento previo al profesional o entidad financiera involucrada.

Desde la firma de abogados Arriaga Asociados, cuya postura ha sido refrendada por esta sentencia, consideran improbable que las entidades financieras logren demostrar que los consumidores conocían la nulidad de las cláusulas de gastos hipotecarios antes de la declaración de su nulidad. El despacho continúa firmemente en su compromiso de defender los derechos de los consumidores, aportando argumentos robustos que desafían las posibles alegaciones de las entidades bancarias y buscando alcanzar acuerdos extrajudiciales que favorezcan a sus clientes.

Jesús Arriaga, fundador de Arriaga Asociados, enfatizó el escenario favorable en el que se encuentran los consumidores a raíz de esta sentencia, destacando la oportunidad que esto representa para seguir reclamando las cantidades abusivamente pagadas en concepto de gastos hipotecarios. El letrado invita a todos los afectados a acercarse a su despacho para recibir la asesoría y apoyo necesarios en sus reclamaciones.

Este fallo del Tribunal Supremo no solo establece un importantísimo precedente en cuanto a la prescripción de gastos hipotecarios, sino que también refuerza los derechos de los consumidores frente a posibles abusos por parte de las entidades financieras. En medio de un panorama legal en constante cambio, la claridad que aporta esta sentencia es una luz de esperanza para aquellos que buscan recuperar lo injustamente pagado y establece un marco de referencia claro para futuras reclamaciones en esta materia.

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