Se prohíbe temporalmente la quema de restos vegetales en el medio natural

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Se prohíbe la quema de restos vegetales en el medio natural de forma temporal. Esta decisión de la Consejería de Desarrollo Sostenible entra en vigencia en la región, este viernes 4 de octubre. Se prohíbe el uso del fuego, incluidas las quemas de restos vegetales en los montes y en cultivos agrícolas situados a menos de 400 metros del monte.

Consejería de Desarrollo Sostenible prohíbe temporalmente quema de restos vegetales

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La medida adoptada por la Consejería de Desarrollo Sostenible fue publicada en el el Boletín Oficial de Castilla-La Mancha. La misma tiene como objetivo principal la prevención de incendios forestales en el territorio castellano-manchego, después que concluyera la campaña de extinción de incendios el pasado 30 de septiembre.

Se establecen como medios adicionales por las especiales condiciones meteorológicas, durante este período de prevención temporal, cuatro medios aéreos, una brigada helitransportada, dos brigadas terrestres y dos autobombas.

Altas temperaturas y escasez de precipitaciones durante octubre lo hacen necesario

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El elevado índice de propagación de los incendios forestales, superior a los valores medios para esta época del año, debido a las condiciones meteorológicas adversas con una previsión de altas temperaturas y escasez de precipitaciones durante el mes de octubre es la razón por la que el Ejecutivo regional establece esta limitación.

En este sentido, según recoge la orden, la medida se aplica “con objeto de evitar los riesgos que para el inicio y propagación de incendios forestales tuvieran determinadas prácticas con la consiguiente afección a los recursos naturales, bienes, infraestructuras e incluso personas”.

Se prohibe la quema de restos vegetales en el medio natural hasta el 31 de octubre del 2019

En la orden de la prohibición temporal, se específica que podrán plantearse excepciones a las limitaciones en casos concretos, mediante una resolución dictada por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible al amparo del artículo 3.4 de la Orden de 16 de mayo del 2006. Esta acción entra en vigor desde el 4 de octubre y se extiende hasta el día 31 de octubre de 2019. En caso de que la situación meteorológica evolucione positivamente, esta limitación podría suspenderse antes.

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