Repara tu Deuda cancela 36.040 € en L´Hospitalet de Llobregat (Barcelona) con la Ley de Segunda Oportunidad

El despacho de abogados Repara tu Deuda Abogados, lider en España en la tramitación de la Ley de Segunda Oportunidad, logró una cancelación de deuda en Cataluña. El Juzgado de Primera Instancia nº8 de Hospitalet de Llobregat (Barcelona) dictó el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho en el caso de un hombre con una deuda de 36.040 euros a la que no podía hacer frente. Los abogados de Repara tu Deuda explican que el hombre se endeudó al contratar servicios jurídicos para luchar por la custodia de su hija y tener una vivienda fija. Además, tuvo que pedir préstamos para fianza, mobiliario, etc. Sin embargo, no pudo devolverlos y comenzó el proceso con el despacho de abogados.

Según los abogados de Repara tu Deuda, España incorporó a su sistema jurídico la Ley de Segunda Oportunidad en 2015. Con origen en Estados Unidos, se han acogido a ella figuras públicas tan relevantes como Walt Disney o Steve Jobs. La mayor parte de exonerados son personas corrientes que se han visto envueltas en un bucle de sobreendeudamiento. Su espíritu es ofrecer una segunda oportunidad a quienes no pueden asumir sus deudas para que no vivan ahogados por toda su vida. Así, también se elimina el estigma social de quienes han sufrido algún revés económico.

Repara tu Deuda Abogados puso en marcha su actividad en septiembre de 2015 y desde entonces ha podido ofrecer soluciones a miles de personas desesperadas por no encontrar una salida a sus problemas de deudas. El despacho de abogados cuenta con más de 20.000 clientes en toda España y se ha especializado en la cancelación de deudas de particulares y autónomos. El bufete también se encarga de la cancelación de tarjetas de créditos, tarjetas revolving, minicréditos, préstamos e hipotecas de sus clientes.

La legislación permite la exoneración de la deuda de particulares y autónomos que cumplan una serie de requisitos, como que el importe a deber no supere los 5 millones de euros, que el concursado no haya sido condenado por delitos socioeconómicos en los diez últimos años y que sea considerado un deudor de buena fe por parte del juez.

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