En un reciente fallo administrativo, la Dirección Provincial de Valladolid del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha concedido un complemento por aportación demográfica, comúnmente conocido como complemento de maternidad, a un pensionista masculino. Esta decisión marca un cambio significativo en la práctica habitual, ya que tradicionalmente este beneficio se había reservado exclusivamente a las mujeres. El beneficiario en cuestión había visto previamente denegada su solicitud, lo que llevó a la intervención del equipo legal de Litia Legal.
La base de este cambio radica en una interpretación del Derecho de la Unión Europea, en particular, una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que argumenta que los hombres también deben tener derecho a este complemento bajo ciertas condiciones — específicamente aquellos que se han jubilado entre 2016 y 2021 y cumplen con los requisitos de paternidad requeridos. Este dictamen se alinea con el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social.
Inicialmente, la administración había rechazado el complemento invocando la prescripción del derecho a percibirlo por haber transcurrido más de cinco años desde la aprobación de la pensión de jubilación del solicitante. Sin embargo, esta decisión fue revocada tras aceptar las argumentaciones presentadas en la demanda que indicaban que la actualización de la pensión para incluir el complemento no está sujeta a prescripción, según ha declarado el Tribunal Supremo.
Este fallo del Tribunal Supremo estableció que el complemento no debe contemplarse como un beneficio autónomo, sino más bien como un suplemento de la pensión contributiva principal, enfatizando además que la discriminación por razón de sexo es contraria al principio de igualdad y no discriminación consagrados tanto en la Constitución Española como en los tratados de la Unión Europea, y por tanto, sus efectos no pueden limitarse temporalmente.
Como resultado, el cliente de Litia Legal no solo ha conseguido el reconocimiento de derechos, sino también una significativa mejora económica. Se le ha concedido un incremento permanente en su pensión de 288 euros mensuales y un pago único retroactivo de 21.234 euros por los atrasos acumulados desde el momento de su jubilación.
Este caso no solo representa una victoria para el pensionista implicado, sino que también podría sentar un precedente importante para futuras solicitudes de personas en circunstancias similares. La resolución de este caso en vía administrativa demuestra la importancia de la defensa legal efectiva en la protección de los derechos e intereses de los ciudadanos frente a las decisiones gubernamentales.