Con motivo del Día del Padre, Legálitas ha profundizado en el derecho de los padres a la prestación por nacimiento de un hijo y las opciones que tienen en materia de conciliación. La duración de este permiso es de 16 semanas, aunque se puede ampliar en casos de parto múltiple, discapacidad del hijo, parto prematuro o hospitalización superior a 7 días. El progenitor distinto a la madre biológica debe disfrutar obligatoriamente de 6 semanas tras el parto a jornada completa y de forma ininterrumpida. En cambio, la madre biológica tiene derecho a disfrutar del mismo permiso por nacimiento, pero puede adelantar el disfrute, hasta un máximo de 4 semanas, antes de la fecha prevista del parto. Los padres pueden solicitar la reducción de jornada o excedencia por cuidado de hijos, y el padre también puede solicitar el permiso de lactancia. En caso de fallecimiento de la madre biológica, el otro progenitor tendrá derecho a la totalidad de 16 semanas de suspensión previstas para ella. En los casos de parto prematuro, discapacidad del hijo, o hospitalización del nacido por un período superior a 7 días, la prestación se puede ampliar en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.