El próximo 11 de abril comienza el plazo para presentar la declaración de la renta 2022 en España a través de Internet, hasta el 30 de junio. También se puede realizar de manera presencial entre el 1 y el 30 de junio o vía telefónica a partir del 5 de mayo. El Memento IRPF 2023, obra de referencia de Lefebvre, proveedor de software y contenido jurídico en España, presenta todas las novedades en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de interés para las familias españolas, los empresarios individuales y los asesores fiscales. Entre las novedades, destacan el nuevo porcentaje de gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, los nuevos límites de aportaciones a planes de pensiones y las medidas excepcionales para actividades agrícolas y ganaderas en estimación objetiva.
Algunas claves a tener en cuenta son las siguientes:
– Empresarios y profesionales en estimación directa simplificada: en la declaración de la renta del ejercicio 2022, para calcular las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación de su actividad económica, podrán aplicar un porcentaje del 5% sobre el rendimiento neto, excluyendo para el cálculo dichos conceptos. La cuantía máxima deducible por estos conceptos es de 2.000 euros anuales, por todas las actividades desarrolladas por el contribuyente acogidas a esta modalidad simplificada. El porcentaje se incrementa al 7% para el ejercicio 2023.
– Actividades económicas en estimación objetiva: en los ejercicios 2022 y 2023, para las actividades agrícolas y ganaderas, el rendimiento neto previo puede minorarse en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes. Asimismo, los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en estimación objetiva en la Isla de la Palma, pueden reducir el rendimiento neto de módulos en un 20%.
– Tipos de gravamen del ahorro: En el ejercicio 2023, el tipo aplicable a la base liquidable del ahorro en el tramo comprendido entre los 200.000 euros – 300.000 euros, tendrá una subida de un punto, pasando al 27%. A partir de 300.000 euros, el incremento es de dos puntos más, llegando al 28%.
– Planes de pensiones: en el ejercicio 2022, el conjunto de las aportaciones anuales máximas a los planes de pensiones que dan derecho a reducir la base imponible general, incluyendo, en su caso, las cantidades imputadas por los promotores, no puede exceder de 1.500 euros. Este límite se incrementa en 8.500 euros siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo plan por importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial. En el ejercicio 2023, si bien se mantienen los límites de aportaciones señalados anteriormente, la aportación máxima del trabajador dependerá del importe anual de la contribución empresarial.
Desde el 1 de enero de este año ya entraron en vigor algunas novedades a tener en cuenta en la declaración de la renta 2023, como la gestión de fondos vinculados al emprendimiento, a la innovación y al desarrollo de la actividad económica, la ampliación de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo a los contribuyentes cuyos rendimientos netos del trabajo sean inferiores a 19.747,5 euros, siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros, o la ampliación del límite de la cuantía de los rendimientos netos de actividades económicas en estimación directa para un único cliente respecto de los que resulta aplicable la reducción. Por otro lado, se incrementa el límite determinante de la obligación de declarar a partir del 1 de enero de 2023 para aquellos contribuyentes que perciban exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo.
En resumen, las novedades en la declaración de la renta 2022 y 2023 en España incluyen cambios en la deducción de gastos de difícil justificación, reducción del rendimiento neto de actividades económicas, tipos de gravamen del ahorro y planes de pensiones. Además, se deben tener en cuenta las novedades ya vigentes a partir del 1 de enero de 2022 y que afectarán a la declaración de la renta 2023.