Juzgan este lunes a un acusado de incendio con peligro que prendió fuego a chabolas en Albacete en 2018

La Audiencia Provincial de Albacete va a juzgar este lunes, 20 de junio, a un acusado de un delito de incendio con peligro que prendió fuego a chabolas de un descampado en el número 27 de la Carretera de Las Peñas de Albacete (asentamiento Azulejos Campayo), donde resultó herido un agente de policía. Por este delito la Fiscalía solicita ocho años de cárcel.

Tal y como señala la Fiscalía en su escrito, sobre las 13.00 horas del 22 de agosto de 2018, el procesado se dirigió al asentamiento, de chabolas donde mantuvo una discusión con los moradores del lugar, momento en el que, acto seguido y a sabiendas de que servían de casas ocupadas por distintas familias, cogió hierbas secas y con un mechero que portaba, les prendió fuego colocándolas en el lateral de una de las casas que comenzó a arder, propagándose el fuego que afectó a 5 hectáreas de solar y una chabola que ardieron por completo.

Se vieron afectadas tres chabolas más que fueron rodeadas por el fuego siendo necesaria la intervención de los bomberos para sofocarlo y evacuar a sus ocupantes, los cuales tuvieron que huir de sus casas

para no ser alcanzados por el mismo y a fin de evitar la inhalación de humo, señala el fiscal.

Un agente de policía nacional que participó en las labores de

evacuación y extinción del incendio sufrió lesiones consistentes en dolor en el muslo izquierdo, precisando primera asistencia facultativa para su sanidad, tardando en curar 7 días durante los que sufrió una perjuicio exclusivamente básico, reclamando la indemnización que le corresponda.

Como consecuencia de los hechos el Juzgado de Instrucción n° 3 de

Albacete por auto de 23 de Agosto de 2018 le prohibió al procesado

aproximarse a un radio inferior a 150 metros del astentamiento existente junto a la nave Azulejos Campayo sita en el número 27 de la Carretera de la Peñas de Albacete.

Una vez cumplidos los dos tercios de la condena, se sustituirá el cumplimiento del resto por la expulsión del territorio nacional, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y a que se imponga al acusado la prohibición de aproximarse a un radio inferior a 150 metros al asentamiento existente durante 10 años que cumplirá simultáneamente a la pena de prisión que se le imponga y costas del proceso.

El acusado deberá indemnizar al policía nacional con 400 euros por las lesiones sufridas.

Scroll al inicio