La guía laboral por el Coronavirus debería detallar las evaluaciones de riesgos y protocolos antes de paralizar cualquier actividad

UGT CLM ha valorado esta mañana en declaraciones a medios de comunicación la guía para la actuación en el ámbito laboral que publicó ayer el Ministerio de Trabajo (que podéis bajar en pdf aquí), considerando que esta debería detallar de manera específica las evaluaciones de riesgos y protocolos que se deben seguir antes de paralizar cualquier actividad empresarial.

Según ha detallado Justo Buendía, técnico de prevención de Riesgos Laborales de UGT CLM, “nos hubiera gustado que la guía ayudara más a los delegados de prevención y fijara las evaluaciones de riesgo biológico a realizar en las empresas con exposición social muy elevada (comercio, transporte, logística, sector sanitario) o los protocolos en otras que no tienen esa exposición”. Todo ello antes de tomar decisiones de paralización de la actividad o cualquier otra derivada de esta situación excepcional.

Otro de los aspectos que UGT CLM considera fundamental es que los posibles contagios que se produjeran en los centros de trabajo no se terminaran contemplando como una Incapacidad Temporal por una enfermedad común. “Debería ser tramitado como un accidente de trabajo y por contingencia profesional porque se han contagiado por ir a trabajar”, ha detallado Buendía.

UGT CLM incide en que por el momento en CLM y en España estamos aún en la “fase económica” de alerta, y que hay que transmitir tranquilidad porque el COVID-19 no ha llegado aún a los centros de trabajo. Sin embargo, ante futuras situaciones de crisis que se pudieran derivar de la falta de abastecimientos de algunas empresas o de medidas sanitarias excepcionales, UGT pide la creación de un fondo de ayuda extraordinario o fondo de compensación para que los trabajadores no se vean perjudicados. “En el caso de producirse suspensiones totales o parciales de la actividad, no queremos que los trabajadores y trabajadoras vean mermados sus derechos adquisitivos y acaben pagando con su prestación por desempleo esa suspensión derivada de esta situación excepcional”.

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