El servicio de consulta telefónica sobre número de abonado 118AB podría desaparecer, según el sector

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha publicado un Proyecto de Orden que implica cambios en la forma de aplicar el servicio de consulta telefónica sobre números de abonado. El proyecto contempla cambios que podrían poner en riesgo la viabilidad de las empresas prestadoras y, por ende, del servicio. Los principales cambios se encuentran en el cuarto párrafo, donde se establece la exigencia de petición expresa previa del usuario final para el acceso a los números 118AB, se fija una nueva limitación del tiempo de duración de la llamada y se elimina la posibilidad de que los prestadores del servicio incorporen la facilidad de progresión de llamada.

Los expertos del sector afirman que la exigencia de petición expresa previa del usuario a su compañía de teléfono podría suponer el desplome del servicio, ya que hablarán de una caída de más del 95% del tráfico de llamadas. Esta práctica, denominada Opt-in en el sector, ya se hizo en otros casos como el 907 con el resultado de hundimiento total del servicio y en los números 80Y de nivel alto. Esta aplicación de la norma podría poner en riesgo un servicio que durante más de dos décadas ha dado cobertura a gran parte de la población y que es muy utilizado por los consumidores de la tercera edad. Otro colectivo que se podría verse afectado son los ciudadanos de las zonas rurales donde no existe cobertura de red.

Además, la limitación del tiempo de llamada a 2 minutos podría provocar que el consumidor no pueda recibir el servicio debido a su brevedad y que tenga que volver a llamar, con el sobrecoste que esto supone. De lo que se trata es de legislar con ayuda y asesoramiento de los profesionales del sector, por lo que los prestadores del servicio manifiestan que están a favor de todas aquellas políticas que hagan mejorar los derechos de los usuarios sin menoscabar los del prestador para que ambos actores del mercado convivan en un equilibrio justo para ambas partes y con la mayor protección posible al consumidor.

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