Toledo, 25 de enero de 2018.- La consejera de Fomento, Agustina García Élez, ha solicitado al Gobierno de España que recapacite sobre la errónea elección de Villar de Cañas para la ubicación del almacén nuclear, pidiendo que “descarte definitivamente este proyecto”. Así, y teniendo en cuenta que, con el proyecto paralizado, ha añadido que “el Gobierno regional va a pedir un debate en el Congreso de los Diputados para que informen de las inversiones que se están realizando en Villar de Cañas relacionadas con el almacén nuclear”.
En estos términos, la consejera ha recordado la petición que hizo el presidente García-Page en la línea de que “ese dinero que se está invirtiendo en la ATC sea destinado a otras necesidades más realistas y menos dañinas, como las autovías Albacete-Cuenca, Tarancón-Guadalajara o Cuenca-Teruel”.
Así lo ha manifestado la consejera de Fomento durante su intervención en el debate general en las Cortes Regionales para abordar la situación actual del Almacén Temporal Centralizado (ATC) en Villar de Cañas, cuya resolución ha sido aprobada por mayoría; después de que el pasado 11 de enero el Tribunal Superior de Justicia de Catilla-La Mancha dictara una sentencia en la que anula el planeamiento urbanístico para la construcción de este almacén para residuos nucleares en el municipio conquense.
El Ayuntamiento de Villar de Cañas presentó un recurso contra la anulación de su Plan de Ordenación Municipal (POM), por parte del Gobierno regional. La sentencia del TSJCM “viene a dar clara y rotundamente la razón a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que, desde el primer momento, puso de manifiesto su oposición a la instalación de este basurero nuclear”, ha dicho en el pleno la consejera.
En este sentido, la titular de Fomento del Gobierno regional ha expuesto que “la aprobación del POM de Villar de Cañas fue una medida precipitada y poco estudiada desde el punto de vista jurídico, con la única finalidad de dar luz verde al ATC”.
No existen recursos hídricos suficientes en la zona para la instalación de este proyecto
La primera razón por la que se desestima este recurso es porque el POM de Villar de Cañas no resuelve el problema de los recursos hídricos para su instalación, un “defecto esencial y no subsanable”, según dice el Alto Tribunal, que ya habían anticipado los tres informes de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG). Así, la consejera se ha preguntado: “¿cómo se puede aprobar así un plan urbanístico? ¿cómo se puede aprobar un POM que demanda más de siete veces y media el recurso de que dispone? ¿se iba a dejar sin agua a los habitantes de Villar de Cañas, a los agricultores de la zona?”.
Medición desde la zona de afección de la edificación y normativa urbanística
Retomando los impedimentos que recoge la sentencia para el desarrollo de este plan, Agustina García Élez ha señalado que “en la redacción del POM no se había tenido en cuenta dicha instrucción, que exige que la medición de los 2.000 metros se realice desde la zona de afección de la edificación, y no desde la fachada desde las instalaciones nucleares”.
Un tercer obstáculo para la nulidad del POM es que se incumple la normativa urbanística, la LOTAU, que “exige definir en el POM como se obtienen y ejecutan las infraestructuras que el mismo prevé, así como su financiación”, ha subrayado García Élez. En este punto el TSJCM dice que “es contrario a derecho, pues no puede haber desarrollos de nuevas zonas industriales que no costeen y obtengan sus infraestructuras”.
Con todos estos argumentos, la consejera de Fomento se ha referido a que la sentencia certifica que la anulación del POM llevada a cabo por este Gobierno se hizo “de acuerdo a derecho y a la normativa vigente”, mientras que la realizada por el Ejecutivo anterior fue “del todo ilegal”.
También, ha continuado, desde la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural se ha trasladado a la Unión Europea con argumentos como que este emplazamiento supone el incumplimiento de la Directiva de Hábitats, así como se defiende el proceso de ampliación del espacio en torno a la Laguna de El Hito, incluido en la Red Natura 2000 por su condición de Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA).