El 67% de Inscritos en el Registro de Voluntades Anticipadas Optan por la Eutanasia en el Primer Trimestre

El 67% de las 1.112 personas inscritas en el Registro de Voluntades Anticipadas en el primer trimestre piden eutanasia

En el último semestre, el Registro de Voluntades Anticipadas de la región ha experimentado un notable incremento en las inscripciones, sumando un total de 1.112 personas registradas. Un dato significativo de este grupo es que más del 63 por ciento de los inscritos han expresado voluntariamente su decisión de donar órganos en caso de muerte, y aproximadamente un 67 por ciento han señalado su deseo de que se les aplique la prestación de eutanasia en los supuestos contemplados por la legislación vigente.

Desde su establecimiento en el año 2006 mediante el Decreto 15/2006, el Registro de Voluntades Anticipadas ha acumulado más de 11.500 castellanomanchegos que han dejado constancia formal de sus deseos respecto a la atención y el tratamiento médico que prefieren recibir al final de su vida. Con este sistema, se afianza el derecho fundamental y la autonomía del paciente para establecer directrices en materia de salud, que serán seguidas en caso de que el individuo no pueda tomar decisiones por sí mismo.

El derecho a expresar voluntades anticipadas gana especial relevancia frente al aumento de la esperanza de vida en España. En momentos críticos, donde la actividad sanitaria intensiva es más prevalente, la incapacidad del paciente para decidir puede llevar a la familia y a los profesionales sanitarios a tomar decisiones sin conocer los deseos del afectado. Es aquí donde la importancia de dejar instrucciones previas se vuelve crucial.

El procedimiento para la formalización de las voluntades anticipadas está soportado por una red de 15 puntos de información y registro y 62 oficinas distribuidas en Delegaciones Provinciales y centros sanitarios. Los ciudadanos disponen de estos servicios para obtener información, asesoramiento y llevar a cabo la formalización del documento crítico que establece sus preferencias en cuanto a la donación de órganos y la eutanasia legalizada.

El personal de estos puntos y oficinas ha recibido la formación necesaria para asistir en un proceso tan significativo, garantizando que las decisiones tomadas sean respetadas. La declaración de voluntades anticipadas tendrá efecto únicamente si la persona no puede manifestar sus deseos y vincula a los profesionales sanitarios, independientemente del lugar en que se produzca el fallecimiento.

La Consejería de Sanidad ha reportado que los datos actualizados sobre este tema para el primer semestre de 2024 ya están disponibles y un informe completo podrá ser consultado próximamente por los ciudadanos en el sitio web www.sanidad.castillalamancha.es.

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