Ayudas para conciliar vida familiar y laboral con un presupuesto de 100.000 euros

jose gonzalez ayudas conciliar vida laboral y familiar

Una convocatoria de ayudas para conciliar la vida familiar y laboral y la creación de empleo durante el período de verano, presentó esta mañana, José González, concejal de Educación del Ayuntamiento de Albacete.

Ayudas para conciliar la vida familiar y laboral

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Estas ayudas están dirigidas a familias con niños y niñas menores de 14 años, cuyos progenitores se encuentren en situación activa laboral y que cuentan con un presupuesto de 100.000 euros.

Tal como ha dado a conocer el concejal de Educación, la convocatoria tiene como fin, facilitar a las familias que residen en el municipio de Albacete, el cuidado de hijos menores con edades comprendidas entre los 0 y los 14 años durante la jornada laboral, bien mediante la asistencia a centros de educación infantil, ludotecas, centros de ocio o similares ubicados en la ciudad de Albacete, “pero además fomentamos la contratación de personas empleadas de hogar para el cuidado de los menores en el propio domicilio”. Y de esta manera conciliar la vida familiar y laboral.

Unidades familiares con hijos de 0 a 14 años

Para ello la Agencia de Colocación del Ayuntamiento prestará el asesoramiento necesario para facilitar la tramitación. Y también, según José González, estas ayudas “contribuirán a dar un impulso a los negocios del sector durante el periodo estival”.

Hay que señalar que podrán ser beneficiarios de la ayuda aquellas unidades familiares con hijos de 0 a 14 años, cuyos progenitores o único progenitor se encuentren en situación laboral activa, o con posibilidad de incorporarse al mundo laboral a través de un contrato de trabajo durante el periodo de la subvención, que será desde el 1 de julio al 31 de agosto y precisen contratar los servicios de centros educativos, ludotecas o similares o de terceras personas para el cuidado de los menores.

Desde los Servicios Sociales de Atención Primaria se podrá asimismo proponer a aquellos menores que estén en el proyecto de intervención familiar previo informe por los trabajadores sociales de referencia.

Modalidades de ayuda

Una ayuda económica destinada a sufragar parte de los gastos correspondientes a la atención de los menores en centros educativos, ludotecas o instalaciones similares por una cuantía máxima de 100 euros/mensuales para cada uno de los menores de 0 a 14 (prorrateada por semanas en caso de periodos inferiores al mes).

Una ayuda económica destinada a las familias que suscriban un contrato de trabajo (empleado/a de hogar) con persona física para la atención de los menores en el propio domicilio, siendo como mínimo de media jornada. La cuantía económica será de un máximo de 300 euros por unidad familiar y mensualidad (prorrateada por semanas en caso de periodos inferiores al mes).

Requisitos

A. Generales: Los dos progenitores o único progenitor o progenitora, en caso de familias monoparentales, deberán ejercer actividad retribuida por cuenta ajena o propia durante el periodo para el que se solicite la ayuda (julio, agosto 2021).

La familia deberá estar empadronada en el municipio de Albacete con una antigüedad mínima de seis meses a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En caso de menores al cuidado de tercera persona, se requiere la formalización de contrato de trabajo, como mínimo de media jornada (4 horas), en el que figure como contratante, al menos uno de los progenitores, y cuya duración cubra, como mínimo, el periodo previsto para la subvención.

Económicos:

Para tener acceso a las ayudas, A) Los ingresos de la Unidad familiar no deben superar en 1.5 el salario mínimo interprofesional para el año 2021, por cada uno de los cónyuges que realice actividad laboral.

Para tener acceso a las ayudas tipo B) los ingresos de la Unidad familiar no deben superar dos veces el salario mínimo interprofesional para el año 2021, por cada uno de los progenitores que realice actividad laboral.

Solicitud

Los interesados deberán presentar el modelo de solicitud debidamente cumplimentado, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Albacete (www.albacete.es) o bien presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Albacete. Los participantes podrán solicitar ser beneficiarios de la ayuda por una única mensualidad o por ambas, de acuerdo con sus necesidades de conciliación.

Junto con la solicitud se deberá aportarse la siguiente documentación: Fotocopia del documento de identidad de los progenitores. Fotocopia del Libro de Familia y documentación acreditativa de monoparentalidad. Ficha de Terceros debidamente cumplimentada (anexo II). Justificación de la situación laboral activa de los progenitores (contrato, vida laboral, alta de la seguridad social), excepto si se autoriza su consulta.

En caso de cuidado de los menores por persona física contratada al efecto contrato laboral. Certificado de la última declaración de IRPF (excepto si se autoriza su consulta al órgano administrativo).

El plazo de solicitudes de estas ayudas para conciliar la vida familiar y laboral, comenzará mañana 5 de junio, y se extenderá hasta el día 21. Se podrán presentar de forma telemática, en el registro municipal o en la planta baja de este ayuntamiento.

Justificación

Una vez finalizada la prestación del servicio de atención y cuidado de los menores, los beneficiarios de la ayuda deberán aportar los documentos justificativos del gasto realizado, adjuntándolos al modelo de justificación (anexo IV).

Factura válidamente emitida por el centro en el que ha sido atendido el menor en la que figure tanto la identificación del progenitor/es como la del menor que haya hecho uso del servicio, duración del servicio, etc.

En caso de menores atendidos en el propio domicilio: contrato de trabajo de la persona física que ha llevado a cabo la prestación, así como justificante del abono de la nómina (transferencia bancaria…).

La documentación justificativa del gasto realizado se deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Albacete, de forma telemática o presencial, como máximo hasta el día 15 de septiembre de 2021. La falta de presentación de la justificación en plazo implicará la pérdida de derecho a percibir la cuantía otorgada.

Pago de la ayuda

El pago de la ayuda se realizará una vez se adopte acuerdo favorable de la justificación por la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en las presentes bases reguladoras de la convocatoria. En caso de que la cantidad debidamente justificada sea inferior a la concedida, será aquella la que finalmente se abone.

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