Arriaga Asociados logra condena de 12.000€ contra banco por violación del derecho al honor de un cliente

En una reciente sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia de Haro (La Rioja), el despacho de abogados Arriaga Asociados ha logrado una importante victoria en favor de un cliente cuyo derecho al honor fue vulnerado por una entidad bancaria. El fallo judicial establece que el banco debe indemnizar al afectado con 12.000 euros, además de abonar las costas procesales, después de haber incluido indebidamente sus datos personales en el fichero de morosos Asnef.

Este caso giró en torno a una suplantación de identidad, una modalidad de fraude conocido como phishing, mediante la cual un individuo consiguió abrir un contrato de crédito utilizando ilegalmente los datos personales del cliente de Arriaga Asociados. La entidad bancaria, sin llevar a cabo las verificaciones adecuadas, procedió a reclamar una deuda que se originó a partir de un préstamo nunca solicitado ni consentido por la víctima, lo cual derivó en la inclusión de sus datos en el mencionado fichero de morosos.

Esta inclusión llega a ser especialmente perjudicial cuando la persona afectada intenta realizar operaciones financieras futuras, como la solicitud de préstamos o la firma de nuevos contratos, encontrándose con una mancha injustificada en su historial crediticio.

El perjudicado, tras descubrir la irregularidad, denunció los hechos ante las autoridades y, con la representación de Arriaga Asociados, solicitó la eliminación de sus datos del fichero Asnef y procedió a interponer una demanda por la vulneración de su derecho al honor.

La jueza del caso concluyó que la entidad bancaria no ejerció la debida diligencia al abrir el contrato de crédito con información limitada y controles de seguridad insuficientes. Esta falta de precaución fue determinante para que se consumara el fraude, sin que el banco adoptara «las medidas o cautelas necesarias para evitar que dicha conducta ilícita se produjera», según palabras de la magistrada. De esta forma, se confirmó que la deuda reclamada no cumplía con las condiciones de certeza, vencimiento y exigibilidad. La decisión reafirma la importancia de que las entidades acreedoras implementen mecanismos de seguridad efectivos para prevenir el otorgamiento de créditos a personas que suplantan la identidad de terceros.

Desde Arriaga Asociados, se anima a cualquier persona que se encuentre en una situación similar, ya sea por haber sido incluida indebidamente en un fichero de morosos o por haber sido víctima de suplantación de identidad, a contactar con el despacho para recibir asesoría legal y, en su caso, representación jurídica con el fin de proteger sus derechos. Esta sentencia no solo representa un éxito para el cliente afectado, sino que también envía un mensaje claro sobre la necesidad de garantizar procedimientos seguros y justos en el sector financiero.

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