El presidente de las Cortes regionales recibió a los alcaldes de Cabanillas y Horche para analizar el tema de ocupación ilegal

El presidente de las Cortes de Castilla-La Mancha, Pablo Bellido, recibió el martes en su ofician del Parlamento autonómico en Toledo a los alcaldes de Horche, Juan Manuel morales, y de Cabanillas del Campo, José García Salinas, que le mostraron su preocupación por los conflictos que viven en sus municipios por la ocupación ilegal de viviendas.

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Durante la reunión, los responsables de los ayuntamientos guadalajareños explicaron las actuaciones que llevaron a cabo hasta el momento, dentro del limitado abanico de competencias que tienen, pero mostraron su preocupación por un fenómeno que perturba significativamente la convivencia en estos municipios, y que demanda un mayor compromiso por parte de todos los poderes y administraciones, así como avances legislativos.

Además de conocer la situación de primera mano, el presidente de las Cortes regionales aprovechó para repasar con los alcaldes de Horche y de Cabanillas – -quien ha estado acompañado por su teniente de alcalde, Luis Blanco- la ‘Ley de medidas integrales para la protección del Patrimonio inmobiliario, la seguridad ciudadana y la convivencia vecinal y contra la ocupación ilegal de viviendas’, una propuesta de nueva normativa en esta materia que fue enviada al Congreso.

En el articulado, la normativa autonómica contempla endurecer las penas, la persecución del crimen organizado en torno a estas prácticas y, con el objetivo de proteger a la ciudadanía, legitima a comunidades de propietarios y ayuntamientos a denunciar las ocupaciones ilegales, mientras impulsa una modificación de las reglas del Padrón Municipal para impedir que los ‘okupas’ sean inscritos.

Con impulso del Grupo Socialista en las Cortes regionales, esta proposición de ley fue aprobada en el mes de diciembre con el respaldo también del Grupo de Ciudadanos –y la abstención del Popular- para que sea elevada así como propuesta de legislación estatal a las Cortes Generales, donde residen las competencias en la materia, haciendo uso de un mecanismo que contempla para estos casos el artículo 87.2 de la Constitución Española.

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