El juicio contra D.D.M., acusado de asesinar a su exmujer el 21 de enero de 2020 en la localidad toledana de Puebla de Almoradiel, se celebrará finalmente a puerta cerrada para proteger la identidad de los menores afectados por los hechos.
Así lo ha justificado este lunes en la primera sesión de este juicio que se celebra en la Audiencia Provincial de Toledo el magistrado del proceso, Pedro Javier Belda, adhiriéndose así a la tesis de la defensa del acusado, que se ha mostrado a favor de que el juicio no se celebrase en audiencia pública.
La defensa de D.D.M. ha entendido que el juicio debía celebrarse a puerta cerrada no solo por la presencia de los menores en la sala sino porque algunas de las declaraciones reflejarían sus nombres y las circunstancias de los hechos acaecidos.
Ante esto, Belda ha manifestado que «ningún derecho es absoluto», por lo que ha considerado que es superior el derecho a los intereses de los menores que el derecho a tener un proceso público.
El juez ha citado los artículos 22 y 25 de la ley 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana y los artículos 681 y 682 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para justificar su decisión, alegando que en las citadas normas recogen medidas de protección de las víctimas, máxime si son menores que deban intervenir en el proceso, incluyendo no solo la protección de su imagen sino ante cualquier información que revele la identidad de menores o sus familias.
Por su parte, tanto la Fiscalía como la acusación particular habían pedido que el proceso se celebrase a puerta abierta, opinando que, al ser este un juicio con jurado «en el que el pueblo participa en la administración de justicia», el proceso debía ser público excepto en los momentos en que tuvieran que declarar menores.
LOS HECHOS
La Fiscalía pedirá 25 años de cárcel, privación de la patria potestad de sus hijos e indemnizaciones por valor de 400.000 euros para D.D.M. por un presunto delito de asesinato con alevosía y ensañamiento en el ámbito de la violencia de género, y en donde concurren una agravante mixta de parentesco así como el agravante de género.
Según establece el Ministerio Fiscal en su escrito de acusación, consultado por Europa Press, D.D.M. y su exmujer contrajeron matrimonio en 1995, divorciándose en 2011.
El 21 de enero de 2020, entre las 22.00 horas y las 23.59 horas el acusado, que residía con su exmujer en la localidad toledana, tras una discusión, «cogió un cuchillo de cocina, de forma que, cuando la asesinada le dio la espalda y se encogió para cubrirse, el presunto asesino, con intención de acabar con su vida y sin que la víctima tuviese posibilidad alguna de defenderse, le propinó con el cuchillo una puñalada en la espalda y después al incorporarse varias puñaladas en el tórax, en el antebrazo y mano derecha, en la mano izquierda, y en la pierna izquierda», lo que le causó ocho heridas en total.
Como fruto de esas heridas, la víctima falleció a causa de un shock hipovolémico causado fundamentalmente por la herida localizada en la línea paraesternal izquierda que afectó al corazón en todo su espesor.
Una vez producidas dichas heridas, D.D.M., sobre las 00.30 horas del 22 de enero, llamó al 112 diciendo que había matado a su mujer, que la había apuñalado en el corazón, pero dijo que no quería ayuda, «que se muriera», relata el escrito de Fiscalía.
Poco después también llamó a una vecina, a la que le dijo en torno a la 1.01 horas de la madrugada que había matado a su exmujer «porque se iba con moros y negros y se lo restregaba en la cara», por lo que «se había encargado de que estuviera bien muerta».
De esta forma, el Fiscal considera que procede imponer a este presunto asesino una pena de 25 años de prisión, así como la privación de la patria potestad respecto de sus hijos menores de edad, así como la prohibición de aproximación y comunicación tanto con los menores como con los tutores durante 35 años para evitar interferencias en el ejercicio de la guarda o tutela.
Además, Fiscalía pide que el acusado debe indemnizar a la tutora legal de los menores en la cantidad de 400.000 euros, 200.000 por cada hijo correspondientes por el fallecimiento de su madre más el interés legal.