UGT logra 3 sentencias pioneras en C-LM contra empresas que exigían documentos injustificados por hospitalización de familiares

UGT gana en C-LM 3 sentencias pioneras a empresas que pedían documentos injustificados por hospitalización de familiares

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha emitido varias sentencias pioneras que afirman que el permiso legal retribuido de cinco días por hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar hasta el segundo grado de consanguineidad se genera por el hecho causante, y que las empresas solo pueden requerir al trabajador el justificante del hecho causante y el grado de parentesco. Estas sentencias representan un importante avance para los derechos de los trabajadores.

UGT ha sido el sindicato demandante en estos casos, que involucran a tres empresas: GXO y Mediterránea de Catering en Guadalajara, y el operador logístico Carreras en Toledo. Las sentencias se refieren a la vulneración de derechos de los trabajadores que solicitaron este permiso retribuido por la enfermedad o hospitalización de un familiar, a quienes las empresas exigían documentación adicional que ahora el TSJCLM ha determinado que no debería ser requerida.

Las sentencias firmadas por la Federación de Servicios de Movilidad y Consumo de UGT en Guadalajara establecen un precedente, aunque aún pueden ser recurridas ante el Tribunal Supremo. Desde UGT, señalan que estas decisiones ayudarán a resolver conflictos diarios relacionados con permisos retribuidos. Juan Antonio Pendás, secretario provincial de UGT en Guadalajara, ha expresado su satisfacción por este fallo, al mismo tiempo que ha subrayado que es tiempo de poner fin a las exigencias documentales que están fuera de la ley.

El marco legal actual, tras la modificación de los permisos retribuidos de dos a cinco días, ha sido malinterpretado por algunas empresas, que alegaban que el permiso era de hasta cinco días y no cinco días laborables. Sin embargo, las sentencias aclaran que el permiso es, efectivamente, de cinco días laborables, y que exigir informes médicos o partes de alta es ilegal.

Ana González, secretaria general de la Federación de Servicios de Movilidad y Consumo de UGT Castilla-La Mancha, ha destacado que las empresas solo pueden solicitar información relacionada con el hecho causante y el grado de parentesco, advirtiendo que cualquier otra exigencia vulnera el Estatuto de los Trabajadores. González ha denunciado que algunas empresas han intentado restringir derechos de manera irregular y ha instado a las mismas a respetar la legislación vigente.

La sentencia también enfatiza que para los casos de reposo domiciliario no es necesaria ninguna justificación adicional, resaltando que la Ley de Protección de Datos impide entregar a las empresas información médica relacionada con terceros. UGT ha reiterado que continuarán defendiendo los derechos laborales de los trabajadores y que no permitirán interpretaciones restrictivas de la ley por parte de las empresas.

Alfredo Ávila, secretario provincial de FeSMC, hizo un llamado a las empresas para que hagan un uso correcto de la ley y dejen de interpretar la normativa de manera que limite los derechos de los trabajadores. Desde UGT, se hace un llamado a los trabajadores para que no permitan que se vulneren sus derechos y se invita a aquellos en situaciones de desprotección, como los empleados de ETT, a acudir al sindicato en busca de asesoría.

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