TS descarta convertir a interinos en funcionarios fijos pese a la sentencia europea

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La situación de los interinos en España continúa generando confrontaciones entre la justicia del país y la europea. Después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) calificara en febrero la sucesión de contratos temporales como una forma de «precariedad», instando a la conversión de personal no fijo en fijo, el Tribunal Supremo español ha expresado su rechazo a esta propuesta. El Supremo sostiene que tal conversión automática «es incompatible con el sistema español de autoorganización de su propia administración pública», evidenciando una discrepancia fundamental con las recomendaciones europeas.

Por otro lado, la divergencia respecto a cómo aplicar estas directrices se hace evidente entre los tribunales españoles. Para abordar estas diferencias, el Supremo solicitó opinión al TJUE, con el propósito de aclarar «algunas dudas suscitadas», especialmente en lo que respecta a los principios de «igualdad, mérito y capacidad» en el acceso al empleo público. No obstante, la Sala de lo Social del Supremo concluyó que «no se deriva, en ningún caso, la necesidad de la conversión judicial automática de los trabajadores indefinidos no fijos en fijos», argumentando que tal acción contravendría los principios fundamentales del acceso a la función pública española.

Adicionalmente, el Tribunal Supremo ha precisado las limitaciones de los interinos en los concursos de traslado, señalando que los interinos no tienen derecho a participar en estos procesos, los cuales se reservan para los trabajadores públicos que han superado una oposición. Este fallo surgió de un recurso de casación presentado por la Junta de Castilla y León, después de una sentencia favor a una trabajadora interina que buscaba concursar en un traslado, evidenciando una vez más las complicaciones y el debate que surgen alrededor de los derechos y el tratamiento de los trabajadores interinos en España.

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