Solicitar el voto en la jornada de reflexión puede conllevar de tres meses a un año de cárcel

La previa de las Elecciones Generales en España, que se celebrarán el próximo domingo, 23 de julio, viene marcada por la denominada jornada de reflexión del sábado, 22 de julio. Un día en que solicitar el voto puede acarrear serias consecuencias, como una pena de prisión de tres meses a un año, tal y como explican desde diferentes servicios legales, compañía especializada en asesoramiento legal.

La jornada de reflexión es el día intermedio entre la finalización de la campaña electoral y la jornada electoral, tal y como señala el artículo 51 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Su propósito es permitir al elector deliberar su voto sin la influencia externa de las campañas políticas. Para las actuales elecciones generales, la campaña electoral finaliza a las 23:59 horas del viernes 21 de julio, siendo el 22 de julio el día destinado a la reflexión.

Es importante destacar que durante esta jornada de reflexión no está permitido realizar ningún acto dirigido a captar el voto de los ciudadanos. No obstante, se permite el derecho de reunión o manifestación, siempre y cuando no se realice ninguna actividad que implique la solicitud del voto. Sin embargo, los partidos y candidatos sí pueden emitir opiniones o compartir información, acorde al artículo 20 de la Constitución.

Las sanciones por incumplir estas restricciones son significativas. Quien realice un acto o actividad con el fin de solicitar el voto durante la jornada de reflexión puede enfrentarse a una pena de prisión de tres meses a un año o a una multa de seis a veinticuatro meses.

Los ciudadanos, incluso si no están afiliados a ningún partido, no pueden realizar ningún acto de apoyo que implique la petición de voto a favor de alguna opción o partido político. Por tanto, no se puede ir por la calle con un megáfono apoyando a un partido o candidato político durante este día.

Respecto al uso de camisetas o pancartas que hagan publicidad de algún partido, se permiten siempre y cuando no se utilicen para pedir el voto. Si bien es legal tener pancartas colgadas en casa durante ese día, siempre que se hayan colocado antes de la jornada de reflexión, se recomienda comunicar a la junta electoral de zona sobre la colocación de esa pancarta para evitar posibles problemas. En caso de no contar con un elemento objetivo que certifique que la pancarta se colocó antes de la jornada de reflexión, lo mejor es retirarla.

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