La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha dictado una sentencia en la que condena a J.N.M. a 10 años de prisión por agredir sexualmente a una menor de 12 años en la localidad. Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 21 de agosto de 2021, cuando la víctima, junto a sus amigos C. y D., acudieron a un bar y compraron una botella de whisky. Posteriormente, se dirigieron a la calle donde consumieron la bebida, siendo la menor quien ingirió la mayor cantidad, además de consumir porros y marihuana, lo que ocasionó una grave intoxicación etílica.
Horas más tarde, D. acompañó a la menor a una vivienda conocida como ‘casa del ladrillo’, mientras que C. se dirigió a otro lugar donde se encontró con otros jóvenes, incluyendo a F. y G., quienes también eran menores de edad. La intoxicación de la menor era tal que cayó al suelo y se golpeó la cara y la rodilla.
Avanzada la noche, F. propuso llevar a la menor a una huerta perteneciente a familiares de G. ubicada en las afueras de la localidad. Los tres se dirigieron hacia allí, teniendo que ayudar a la menor a mantenerse en pie debido a su estado. Al llegar, se encontraron con el acusado J.N.M. y su amigo H. El segundo se marchó aproximadamente 40 minutos después de la llegada de A., G. y F.
La huerta contaba con una caseta con porche, sin suministro eléctrico, donde se encontraban los asientos traseros de un vehículo a modo de sofá. La menor, debido a su estado físico, se sentó en este sofá, y el acusado aprovechó para agredirla sexualmente.
Posteriormente, llevó a la menor al interior de la caseta, donde había dos sofás. Uno de ellos estaba ocupado por G., quien se encontraba dormido, mientras que J.N.M. intentó continuar la agresión hacia la víctima. Ante la resistencia de la menor, el acusado se masturbó y luego colocó a la víctima sobre el sofá donde estaba G., quien continuaba durmiendo.
La sentencia destaca que en el momento de los hechos, la menor solo tenía 12 años, mientras que el acusado tenía 31, y que además, debido a su consumo de alcohol y marihuana aquella noche, su capacidad adaptativa se encontraba limitada.
Además de la pena de prisión, J.N.M. estará en libertad vigilada durante ocho años, tendrá prohibido acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante diez años, perderá la patria potestad por ocho años y estará inhabilitado durante quince años para cualquier profesión u ocupación que implique el contacto regular y directo con menores de edad.
Asimismo, se le condena a indemnizar a la menor en la suma de 18.000 euros por los daños morales causados, y deberá asumir las costas procesales, incluyendo las de la acusación particular.