Se implementa la suspensión y desalojo de eventos deportivos en caso de incidentes racistas, según lo establecido por el Gobierno Interior.

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El Ministerio del Interior ha emitido una directiva que permite suspender y desalojar cualquier evento deportivo en el que ocurran incidentes racistas. Esta medida busca reforzar las medidas de prevención y respuesta ante este tipo de comportamiento violento y discriminatorio. Se llevará a cabo una vigilancia tanto dentro de los estadios como en los alrededores y medios de transporte para detectar cualquier intento de atentar contra la dignidad de las personas y crear un ambiente intimidatorio, humillante u ofensivo.

La instrucción 8/2023 de la Secretaría de Estado de Seguridad establece que en caso de que se produzca un incidente racista, el Coordinador de Seguridad tiene la facultad de proponer al árbitro o juez deportivo que se suspenda, se detenga o se cancele el evento, así como desalojar parte o la totalidad de las instalaciones para poner fin a los incidentes. Esta suspensión puede ser temporal o definitiva.

Con esta medida, se amplía el ámbito de acción del coordinador de seguridad, que es un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y cuya función está contemplada en la ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. El objetivo es «sistematizar» la actuación frente a cualquier expresión de discriminación o intolerancia en los espectáculos deportivos.

Uno de los incidentes racistas más destacados a nivel internacional ocurrió en el estadio de Mestalla, cuando el jugador brasileño del Real Madrid, Vinicius Junior, denunció cánticos racistas durante un partido de Liga contra el Valencia CF el 21 de mayo.

El Ministerio del Interior recuerda que el coordinador de seguridad debe presentar un informe detallado o denuncia si el organizador del evento deportivo no colabora. Además, este coordinador tiene la responsabilidad de instar la apertura de procedimientos sancionadores por las infracciones contempladas en la ley, así como redactar un atestado correspondiente para determinar la responsabilidad en el ámbito penal, administrativo o disciplinario.

En virtud de la instrucción del Ministerio del Interior, se considerará la suspensión de un evento o el desalojo del público en casos como declaraciones, gestos o insultos pronunciados en los espacios deportivos. También se incluye la entonación de cánticos, sonidos o consignas con mensajes vejatorios basados en el origen racial, étnico, geográfico o social, así como motivos religiosos, orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales.

El Ministerio del Interior busca «sistematizar los criterios» de actuación y enumera comportamientos que pueden dar lugar a la suspensión de un evento deportivo o al desalojo del público. Esto incluye actos de acoso en el lugar donde se lleva a cabo la competición, en sus alrededores o en los medios de transporte público que tengan la misma motivación y cuyo objetivo o consecuencia sea atentar contra la dignidad de la persona acosada y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo.

Asimismo, se podrá decidir la suspensión cuando una persona física o jurídica haga declaraciones con la intención de difundirlas ampliamente o transmita información en la que una persona o grupo sea amenazado, insultado o vejado por motivos de origen racial, étnico, geográfico o social, así como por razones religiosas, convicciones, discapacidad, edad, orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales.

La instrucción también señala que se considerarán los casos de «declaraciones, gestos o insultos» proferidos en los espacios deportivos, así como la entonación de cánticos, sonidos o consignas, y la exhibición de pancartas, banderas, símbolos u otras señales que contengan mensajes vejatorios o intimidatorios para cualquier persona por las mismas razones, así como aquellos que inciten al odio entre personas y grupos o atenten gravemente contra los derechos, libertades y valores proclamados en la Constitución.

El Ministerio del Interior ha destacado en un comunicado que esta instrucción del secretario de Estado responde al creciente número de incidentes registrados en eventos deportivos de todo tipo, donde algunos aficionados, aprovechándose de la rivalidad competitiva y del anonimato que ofrece la multitud, expresan discursos agresivos de intolerancia, odio y discriminación hacia el equipo rival, a menudo con tendencias racistas, xenófobas u homofóbicas.

El departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska enfatiza que estas expresiones vejatorias que denotan un «manifiesto desprecio por la dignidad de la persona» pueden ser la antesala de la posterior comisión de delitos de odio u otros actos antsociales y violentos.

El Ministerio del Interior recuerda que estas conductas son punibles en el ámbito deportivo, independientemente de si ocurren dentro del recinto deportivo, en sus alrededores o en los medios de transporte público u organizado que se dirijan al lugar de la competición, o si se difunden a través de los medios de comunicación.

Además, señala que los organizadores también pueden ser sancionados por su permisividad, organización, participación activa o apoyo a actividades de grupos de aficionados que incumplan la mencionada ley.

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