La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha publicado una resolución por la que se aprueban medidas para los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, tras comprobar un aumento de los brotes activos en las residencias de mayores de la región.
En concreto, según el publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, el informe diario de vigilancia epidemiológica de infección por COVID-19 en residencias de personas mayores, elaborado por la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad, indica que a fecha 28 de junio en el conjunto de la región hay 124 residencias de mayores con brotes activos frente a las 96 del informe del 7 de junio.
Entre las medidas generales figura informar las personas residentes, trabajadoras y familiares que, aunque existe un riesgo significativamente menor de padecer COVID-19 después de la vacunación, el riesgo no desaparece por completo ya que la vacuna no garantiza una protección total a todas las personas vacunadas.
Además, el uso de mascarillas se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Se permitirán las actividades grupales y el uso de las zonas comunes dentro del centro y manteniendo las medidas de salud pública contenidas en los planes de contingencia de cada centro. A efectos de intervención en brotes se considerará brote una agrupación de 3 o más casos vinculados al centro socio sanitario y ante la aparición de un caso con clínica compatible en un residente se procederá al aislamiento del caso hasta la obtención de resultado de la PDIA.
AISLAMIENTO CINCO DÍAS
Los casos confirmados realizarán aislamiento de 5 días desde el inicio de síntomas o desde el diagnóstico en los casos asintomáticos finalizando el aislamiento siempre que hayan transcurrido 24 horas tras la resolución de los síntomas.
El personal sociosanitario en el que se confirme la infección no acudirá a su centro de trabajo durante los primeros 5 días desde el inicio de síntomas o de la fecha de diagnóstico en caso de personas asintomáticas.
Pasado este tiempo, y siempre que hayan transcurrido 24 horas de la desaparición de fiebre o mejoría de los síntomas, al personal que tiene contacto directo con los residentes se le realizará una prueba de Ag y si el resultado es negativo podrá volver a incorporarse a su lugar de trabajo. El resto del personal se podrá incorporar a partir del quinto día si han desaparecido los síntomas.
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
Entre las medidas complementarias se establece que en las residencias de personas mayores, viviendas para personas mayores, viviendas para personas con discapacidad y centros de atención a personas con discapacidad grave el régimen de visitas y salidas de los centros se mantendrá con normalidad.
Las personas responsables de los centros informarán a las personas visitantes de las medidas de prevención e higiene contenidas en el plan de contingencia del centro. La persona que acuda a la visita, no ha de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus y se recomienda que durante el tiempo que dure la visita la persona residente también utilice la mascarilla.
Quedan suspendidas las visitas y salidas de las personas positivas al virus o tengan síntomas compatibles con la enfermedad.
En cuanto a los nuevos ingresos, reingresos, traslados y estancias temporales a las residencias de personas mayores, viviendas de mayores, viviendas para personas con discapacidad y centros de atención a personas con discapacidad grave, los nuevos ingresos, reingresos, traslados y estancias temporales, se mantendrán con normalidad y en todos los casos debe extremarse la vigilancia activa de síntomas compatibles con la COVID-19.
Se recomienda la realización de prueba diagnóstica de infección activa (PDIA) a las personas que ingresen o reingresen al centro.
En relación a la actividad en los centros de día de personas mayores y personas con discapacidad, servicios de estancias diurnas, centros de mayores y hogares de jubilados, así como servicios de promoción de la autonomía personal no podrán acudir a dichos centros las personas que presenten cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus.
Continuarán aplicando en su funcionamiento las normas, protocolos y acuerdos aprobados y recogidos en el plan de contingencia del centro y, en el caso de que se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se actuará conforme a la normativa en vigor en cada momento.
En el caso de que se preste el servicio de transporte colectivo, deberá procederse a la limpieza y desinfección diaria de los vehículos del servicio de transporte por carretera de más de nueve plazas.
También se recomienda que cada vez que se baje la persona ocupante, se limpien los pomos y botones de accionamiento de las ventanillas y cinturones de seguridad y que se ponga a disposición de las personas usuarias sustancias hidroalcohólicas.
Se podrán utilizar todos los asientos, no obstante, si el nivel de ocupación lo permite, se procurará la máxima separación. Se prohíbe la ingesta de líquidos y sólidos, mientras dure el trayecto.
PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA
En cuanto al personal de atención directa en centros residenciales de personas mayores y personas con discapacidad, SI la persona tiene sintomatología compatible con la enfermedad, llamará a su centro de trabajo y a su centro de salud, quien procederá con arreglo a lo dispuesto en la ‘Estrategia de Vigilancia y Control Frente a COVID-19 tras la Fase Aguda de la Pandemia’ de 3 de junio de 2022.
Si ha tenido contacto con algún residente con sintomatología o con PCR positiva, la autoridad sanitaria procederá en consecuencia. Se recomienda que, durante 5 días, aquellas personas trabajadoras que retornen de permisos y vacaciones (por un periodo superior a 15 días) no estén en contacto con personas residentes no vacunadas.
Igualmente, se recomienda que a las personas trabajadoras no vacunadas no se les asigne el cuidado de las personas residentes no vacunadas y, en su caso, a las que aún no hubieran completado la pauta de vacunación.
A las personas trabajadoras que rechacen la vacuna o que no hayan completado su vacunación, se les realizará control de temperatura diaria y pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) dos veces por semana, como medida específica de evaluación del riesgo y de prevención en estas personas trabajadoras.