Actualmente, todo vehículo con una antigüedad mínima de 30 años desde su fabricación o desde la fecha de su primera matriculación puede ser catalogado como vehículo histórico.
Esta clasificación, además, también la recogen aquellos que se encuentran incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados como bienes de interés cultural; así como los vehículos de colección.
Por ello, Tramicar, primera plataforma online en la gestión de compraventa de vehículos de segunda mano, explica qué tipo de trámites deben llevar a cabo los usuarios interesados en catalogar a un vehículo como histórico y los beneficios que conlleva esta categorización, como contar con cierta protección por parte del Estado.
“Será fundamental que el vehículo en cuestión cuente con los requisitos fijados por ley como la antigüedad de 30 años fijada por el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, que haya superado la ITV para comenzar con cualquier trámite, que su tipo específico haya dejado de producirse y que no haya sufrido modificaciones técnicas”, destaca Jorge Alcántara, presidente de Tramicar.
Por su parte, algunos propietarios catalogan su vehículo como histórico por los beneficios económicos que conlleva con respecto a una matrícula ordinaria. Estas ventajas se fundamentan, en primer lugar, en la exención del pago del Impuesto de Circulación; ya que son muchos los municipios en los que no se tendrá que pagar este impuesto, mientras que en otros se obtendrá una disminución del 50% de este gravamen.
Asimismo, las inspecciones obligatorias de la ITV serán más duraderas y habitualmente más permisivas, pudiendo extenderse desde dos hasta cinco años en función de las características que posea el automóvil. Asimismo, los vehículos históricos tendrán descuentos en el seguro y no estarán obligados a cumplir las nuevas legislaciones anticontaminación (control de emisiones de CO2, nivel de ruidos, etc).
Trámites necesarios para convertir un coche en vehículo histórico
1. En primer lugar, el propietario del vehículo deberá acudir a un laboratorio oficial para la catalogación de vehículos históricos, que llevará a cabo una inspección para verificar que posee estas características. Se entregará un informe y una ficha técnica reducida al interesado, donde se establecerá el periodo para pasar la ITV, así como otras consideraciones como la velocidad máxima a la que se debe circular, prohibición de circular por la noche, etc.
2. Posteriormente, un club de automóviles clásicos reconocido o el propio fabricante del coche deberá certificar el interés del vehículo como histórico.
3. Después, se deberá presentar la solicitud en la Consejería de Industria de la comunidad del interesado, para que lleve a cabo esta misma consideración.
4. Una vez aprobada, se tendrá que acudir a una ITV con el objetivo de que verifiquen que el vehículo cumple con todos los detalles confirmados por el informe y elaboren una nueva tarjeta de inspección técnica donde se recojan las nuevas especificaciones de la nueva condición del vehículo.
5. Por último, se pedirá el cambio de matriculación en la Jefatura Provincial de Tráfico, para emitir la nueva documentación histórica del vehículo. Además, para este último trámite será necesario presentar el DNI, tarjeta de residencia o pasaporte, la documentación que acredite la propiedad del vehículo, el justificante del pago o exención del impuesto de circulación e impuesto de transmisiones patrimoniales y si el coche procede de fuera de la Unión Europea el Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana; así como cuatro fotos a color del vehículo laterales, traseras y delanteras y permiso de circulación y tarjeta ITV (original y fotocopia) en vigor en el caso de que el vehículo estuviese en circulación.
En conclusión, los trámites que hay que llevar a cabo para clasificar a un vehículo como histórico son algo tediosos, y tendrán un coste total de unos 600 euros aproximadamente. “Las compañías de seguros y las Administraciones pueden aplicar limitaciones de uso y circulación con cuestiones relativas al número de kilómetros recorridos al año, restricciones en la circulación nocturna o en condiciones climáticas adversas con visibilidad reducida; y el Estado podrá apelar a los nuevos derechos sobre el vehículo, como solicitarlo para alguna exposición. No obstante, al propietario del vehículo podrá interesarle tener uno por todos los beneficios que trae consigo”, subraya Jorge Alcántara.