Publicados los servicios mínimos de la huelga del sector de limpieza en Ciudad Real, Toledo y Cuenca

Publicados los servicios mínimos de la huelga del sector de limpieza en Ciudad Real, Toledo y Cuenca

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado una Resolución de la Consejería de Bienestar Social, que tiene por objeto establecer los servicios mínimos con motivo de la huelga convocada el 10 de enero, que afecta a todas las personas trabajadoras que prestan servicio en los centros de titularidad de la Consejería de Bienestar Social gestionados directa o indirectamente por la misma, que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del convenio colectivo del sector de limpieza de edificios y locales de las provincias de Ciudad Real, Cuenca y Toledo.

Está convocada desde las 00.00 horas del día 10 de enero de 2023 hasta las 24.00 horas del día 13 de enero, ambos inclusive en un primer ciclo; y desde las 00.00 horas del día 16 de enero de 2023 hasta las 24.00 horas del día 20 de enero del mismo año, ambos inclusive en un segundo ciclo, tal y como refleja el DOCM y recoge Europa Press.

Los servicios mínimos que se establecen respecto de los centros de titularidad de la Consejería de Bienestar Social gestionados directa o indirectamente por la misma durante la huelga convocada son los correspondientes a los mismos efectivos de un día festivo.

En los centros en los que no se preste servicio en días festivos se mantendrá el 50% de los efectivos que prestan servicio en los mismos.

La designación de los trabajadores que deben prestar los servicios mínimos que se establecen en esta resolución corresponderá a las personas titulares o responsables de las empresas adjudicatarias de los respectivos servicios en los diferentes centros de la Consejería de Bienestar Social.

La presente resolución producirá efectos este lunes, el día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Bienestar Social, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados uno y otro plazo desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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