La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha validado el itinerario de la procesión religiosa que se va a celebrar en Albacete con motivo del Día de la Encarnación, después de que la Subdelegación del Gobierno denegara previamente la solicitud alegando problemas de tráfico. La decisión fue impugnada por una ciudadana, que alegó que la resolución producía «indefensión» al no estar debidamente motivada y limitar la libertad ideológica y religiosa, así como el derecho de reunión. La Sección Segunda, basándose en la doctrina del Tribunal Constitucional, argumentó que la concentración solo puede prohibirse si existen razones fundadas para concluir que se producirá una situación de desorden material en el lugar de tránsito público afectado. Tras considerar que no hay indicios de que la procesión pudiera alterar el orden público, validó el itinerario propuesto por la recurrente y anuló la resolución de la Subdelegación, imponiendo costas a la Administración por valor de 2.000 euros.