La Unión Europea aplica desde el 1 de julio de 2026 un nuevo arancel temporal de tres euros sobre determinados productos de fuera de la UE valorados en menos de 150 euros, una medida que estará vigente hasta el 1 de julio de 2028, según ha recordado el Gobierno de Castilla-La Mancha a las personas consumidoras de la región.
Las claves en 20 segundos
- 3 euros de arancel por cada línea de la declaración aduanera, no por paquete.
- Afecta a productos de fuera de la UE valorados en menos de 150 euros, sea cual sea la web donde se compren.
- Puede aplicarse incluso a compras hechas antes del 1 de julio si llegan a España después de esa fecha.
- El derecho de desistimiento de 14 días no se ve afectado por el nuevo arancel.
Lo que importa no es la web, sino desde dónde se envía el paquete
El criterio que determina si se paga o no este arancel es el lugar desde donde se envía la mercancía y su valor, no el dominio web de la tienda ni la moneda en la que se muestra el precio o se realiza el pago. Por tanto, afecta a cualquier producto enviado desde fuera de la Unión Europea, con independencia de la nacionalidad de la plataforma online donde se haga la compra. El Gobierno regional recomienda revisar bien las condiciones de las plataformas de venta online para saber si el precio mostrado ya incluye impuestos, aranceles y gastos de gestión, y evitar así sorpresas en el momento de la entrega.
El arancel se cobra por cada línea de la declaración aduanera, que suele corresponder a cada categoría o tipo de producto importado, y no por paquete: un mismo envío con artículos de distintas categorías puede generar varios cargos de tres euros. La responsabilidad legal de pagarlo ante la aduana recae en la plataforma, el vendedor, el transportista o el agente que presenta la declaración a su llegada a la Unión Europea, aunque en la práctica esa empresa puede repercutirlo sobre la persona consumidora, ya sea incluyéndolo en el precio final antes de la compra o reclamándolo, junto con el IVA, como condición para entregar el paquete. Solo si la propia persona consumidora presenta ella misma la declaración aduanera, la Agencia Tributaria le reclamará el importe directamente; en ese caso conviene guardar la factura y los justificantes de pago durante al menos cuatro años.
Qué pasa si hay que devolver el producto
El nuevo arancel no altera el derecho de desistimiento en las compras a distancia: la persona consumidora mantiene el derecho a devolver un producto comprado a una empresa o profesional, sin justificar la decisión, en el plazo general de 14 días naturales, salvo excepciones legales. Si el importe del arancel fue repercutido por el comerciante como parte del precio o de los costes de la operación, debe incluirse en el reembolso íntegro de la devolución, como el resto del precio.
La situación cambia cuando fue la propia persona consumidora quien pagó el arancel directamente a la aduana: en ese caso se aplica la normativa aduanera, y el comerciante solo tendrá que reembolsar el precio del producto. El Código Aduanero de la Unión permite entonces solicitar por separado la devolución de esos tres euros, pero únicamente si el producto resulta defectuoso, dañado o no se ajusta a lo comprado, y con un plazo de un año para pedirlo. La solicitud debe presentarse por registro ante la Aduana, acompañada de pruebas de que el producto tenía un defecto o no coincidía con lo contratado.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el nuevo arancel y desde cuándo se aplica?
Tres euros por línea de declaración aduanera, vigente desde el 1 de julio de 2026 y hasta el 1 de julio de 2028.
¿A qué compras afecta?
A productos de valor inferior a 150 euros enviados desde fuera de la Unión Europea, sea cual sea la plataforma o la moneda de pago.
¿Puedo recuperar los tres euros si devuelvo el producto?
Si el comerciante te lo cobró como parte del precio, sí, en la devolución normal. Si lo pagaste tú directamente a la aduana, solo se recupera si el producto era defectuoso o no coincidía con lo comprado, en el plazo de un año.
Fuente: Gobierno de Castilla-La Mancha.












