Los Contribuyentes Podrán Consultar Sus Datos Fiscales Desde Este Miércoles Antes de la Campaña de la Renta

Los contribuyentes podrán acceder a sus datos fiscales a partir del miércoles de cara a la Campaña de la Renta

A partir del miércoles 19 de marzo, los contribuyentes españoles podrán acceder a sus datos fiscales con miras a la Campaña de la Renta de 2024, que comenzará el próximo 3 de abril. La presentación de declaraciones se realizará a través de internet y estará disponible hasta el 30 de junio de 2025.

El inicio de la Campaña se adelantará a la Semana Santa, permitiendo a los contribuyentes prepararse con antelación. Desde el 6 de mayo y hasta el final de junio, la Agencia Tributaria ofrecerá la opción de confeccionar declaraciones por teléfono, con citas que podrán solicitarse del 29 de abril al 27 de junio. Posteriormente, del 2 al 30 de junio, se podrán hacer declaraciones de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, con cita previa desde el 29 de mayo.

Es importante señalar que el plazo para presentar declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finalizará el 25 de junio. Este año, se incorporará la posibilidad de pagar la declaración a través de Bizum, además de otros métodos tradicionales como la domiciliación bancaria y el pago en oficina.

Los autónomos deberán presentar su declaración sin importar sus ingresos, y se ha decidido que los beneficiarios de la prestación por desempleo no estarán obligados a hacerlo, a diferencia de lo que se había adelantado previamente.

Entre las novedades, la Agencia Tributaria introducirá un sistema único para corregir autoliquidaciones, permitiendo a los obligados tributarios realizar rectificaciones sin esperar una resolución administrativa. La asistencia personalizada, especialmente para personas mayores, se mantendrá a través de un plan especial y atención tanto telefónica como presencial.

En relación a la devolución del IRPF para mutualistas jubilados, Hacienda ha anunciado que la exigibilidad de estas devoluciones se distribuirá en cuatro años, comenzando en 2025 con la devolución del ejercicio 2019 y anteriores no prescritos. Los contribuyentes deberán presentar un formulario específico para gestionar este proceso.

Adicionalmente, se han establecido medidas para evitar la tributación de las ayudas a los damnificados por la DANA, asegurando que las ayudas por daños materiales estén exentas de impuestos. Las reparaciones y ayudas personales también mantienen su carácter exento. Para los autónomos con actividad en zonas afectadas, se ofrecerán reducciones en el rendimiento neto y la posibilidad de renunciar al régimen de módulos de forma excepcional.

Estas medidas buscan facilitar y adaptar la gestión fiscal a las necesidades de los contribuyentes, especialmente en un contexto complejo.

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