La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha dado a conocer una actualización en su orden que regula los requisitos técnico-sanitarios de los centros y servicios de fisioterapia. Según informa el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, esta nueva normativa establece que todos los centros y servicios deberán contar, como mínimo, con un director técnico que sea una persona diplomada o graduada en Fisioterapia, o posea una titulación homologada equivalente. Esta actualización entrará en vigor en un plazo de 20 días.
La Consejería ha indicado que esta revisión es necesaria debido a los avances y descubrimientos en el ámbito de la fisioterapia desde la instauración de la orden original en 2009. El objetivo de esta actualización es mejorar la calidad asistencial, optimizar la gestión de los centros y garantizar la seguridad de los pacientes que reciben este tipo de atención.
En particular, se ha determinado que los centros y servicios que cuenten con áreas de fisioterapia respiratoria o cardiaca deben emplear, al menos, a un fisioterapeuta con formación específica en estas áreas, además de contar con un conocimiento en reanimación cardiopulmonar (RCP) avanzada, formación que deberá ser impartida por universidades o acreditada por el Sistema Nacional de Salud.
Asimismo, se establece que todos los profesionales sanitarios que trabajen en estos centros deben poseer el título oficial correspondiente o, en su defecto, la habilitación necesaria para ejercer su profesión en este ámbito.
Por otro lado, la norma también indica que los centros con áreas de fisioterapia cardiaca o respiratoria deben tener un protocolo de actuación ante las emergencias más comunes. En el caso de que se trate de un centro sanitario sin internamiento o de un servicio en un centro no sanitario, deberán contar con un contrato o concierto con un centro que tenga servicio de urgencias, así como con una empresa de ambulancias para asegurar un traslado urgente cuando sea necesario.