La Dirección General de Tributos, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha emitido una nueva directriz que permite a los contribuyentes afectados por estafas en criptomonedas compensar estas pérdidas en su declaración del IRPF. Esta medida, que clasifica las pérdidas por inversiones fraudulentas en criptomonedas como pérdidas patrimoniales, supone un reconocimiento importante por parte de las autoridades fiscales. No obstante, para aplicar dicha compensación, los afectados deben presentar ante la Agencia Tributaria las pruebas necesarias que demuestren la pérdida patrimonial sufrida, las cuales serán evaluadas por el fisco para determinar su validez.

Además, Hacienda ha especificado que las pérdidas podrán compensarse hasta en cuatro ejercicios fiscales, permitiendo deducir un máximo del 25% anual del saldo positivo de las rentas del trabajo, capital inmobiliario o actividades económicas. Esta flexibilidad brinda a los contribuyentes la posibilidad de recuperar parte de lo perdido por estafas en criptomonedas en varios años, siempre que se justifique adecuadamente la pérdida.

La política no solo se circunscribe a las criptomonedas, sino que también se extiende a pérdidas patrimoniales derivadas de otras estafas tecnológicas, como los fraudes a través de correo electrónico o suplantación de identidad. Este enfoque amplio subraya el interés del fisco por adaptarse a las nuevas formas de fraude y proporciona un alivio significativo a las víctimas de estos engaños, ofreciéndoles una vía legal para atenuar el impacto económico de las estafas digitales.

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