Los procedimientos de renovación y de renovación excepcional para las ayudas del ingreso mínimo de solidaridad en Castilla-La Mancha han abierto su plazo de presentación de solicitudes desde el 2 de enero de 2025, siendo este válido hasta el final del ejercicio o hasta el agotamiento del crédito disponible. Esta información ha sido publicada este lunes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) mediante una resolución de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, tal y como recoge Europa Press.
Las personas que podrán participar en esta convocatoria son aquellas que ya cuentan con la ayuda del ingreso mínimo de solidaridad antes de la publicación de la resolución y que cumplen con los requisitos establecidos en la Orden de 29 de diciembre de 2009, emitida por la Consejería de Salud y Bienestar Social.
Para financiar esta convocatoria, se ha consignado un crédito total de 1,2 millones de euros. Las ayudas económicas pueden alcanzar un importe máximo de 6.300 euros anuales, distribuidos en doce mensualidades, para una unidad familiar de un solo miembro. Esta cuantía se incrementará en un 15% para el primer miembro adicional y en un 10% para cada uno de los demás miembros adicionales de la unidad familiar, hasta un máximo total de cinco miembros adicionales.
Las personas beneficiarias tendrán derecho a recibir una cantidad equivalente a la diferencia entre el monto del ingreso mínimo de solidaridad, establecido previamente, y sus ingresos reales mensuales, garantizando que en ningún caso esta cantidad sea inferior a 50 euros. Además, la cuantía máxima se actualizará anualmente de acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, teniendo en cuenta el incremento del Índice de Precios al Consumo (IPC).
Las solicitudes pueden presentarse utilizando los modelos normalizados disponibles en la convocatoria, dirigidas a la persona titular de la delegación provincial correspondiente de la Consejería de Bienestar Social. Las solicitudes se pueden presentar de manera telemática con firma electrónica a través del modelo habilitado en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cuyo enlace es http://www.jccm.es.
Para facilitar esta tramitación, se sugiere que la persona solicitante se dé de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, disponible en https://notifica.jccm.es/notifica. Además, también es posible presentar las solicitudes en el registro de los servicios centrales de la Consejería de Bienestar Social, en las delegaciones provinciales o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.