La justicia da la razón a CCOO y condena en firme a la JCCM por no retribuir como debe las guardias de incendios a los agentes medioambientales

El juzgado contencioso Administrativo nº1 de Toledo ha reconocido el derecho de un Agente Medioambiental a cobrar en su retribución superior (disponibilidad absoluta) las guardias de incendios que tuvo que realizar cuando se encontraba como ‘agente en época de peligro bajo y medio’ y tuvo que prolongar su jornada laboral ordinaria para atender esas emergencias o acudir a ellas fuera de su horario preestablecido de presencia física.

La Administración rechazó en vía administrativa la reclamación del agente mediante una Resolución del consejero de Desarrollo Sostenible que sostenía que la Instrucción emitida por su departamento estableciendo el criterio para retribuir servicios como los que tuvo que realizar el agente medioambiental demandante fue posterior a las fechas en las que este trabajador hubo de prestarlos.

El juez recuerda al consejero que “una instrucción no es una norma” y “no cabe aplicársele la regulación general de las normas, como la retroactividad”. Y recalca que, en el caso del agente medioambiental, “es la propia Administración la que le da la razón al hoy demandante con esa instrucción, sin que acierte a exponer razones válidas para su exclusión.”

CCOO valora esta sentencia, que es firme, que incluso condena a la Administración en costas y que abre la puerta a reclamaciones de otros agentes medioambientales movilizados fuera de su jornada para atender guardias de incendios y no retribuidos como les correspondía. El sindicato invita a todas y todos los posibles afectados a acudir a sus servicios jurídicos para realizar las demandas pertinentes y recuperar lo que en justicia les pertenece.

Pero CCOO “lamenta y denuncia la exorbitante litigiosidad que viene provocando la Orden de Incendios implantada en 2013 por el Gobierno Cospedal -y que los sucesivos gobiernos de Page siguen manteniendo, a pesar de criticarla el partido socialista cuando estaba en la oposición.”

“La Orden de 28/05/2013, de la Consejería de Agricultura, por la que se regulan los servicios de prevención y extinción de incendios forestales, es una de las normas más discutidas judicialmente por parte de personal funcionario de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha adscrito al SEIF”, explica José Luis Martínez, coordinador del Sector Autonómico de CCOO-FSC CLM.

“Desde su inicio ya fue recurrida también por este sindicato, obteniendo un primer fallo favorable y firme en la Sentencia TSJCM 4/2017, mediante la que se consiguió garantizar la existencia cada día de al menos un agente medioambiental por cada zona de incendios, un coordinador comarcal por cada comarca y un Auxiliar Técnico por provincia.”

“El TSJ establecía también que la investigación de incendios debía realizarse por parte del Cuerpo de Agentes Medioambientales; y declaraba además la incompetencia de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural para regular aspectos relacionados con jornadas y descansos del personal funcionario”

Dos años después, el juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Toledo también daba la razón a CCOO y reconocía el derecho de una agente medioambiental a cobrar las guardias que no pudo realizar por encontrarse en estado de gestación. A esta sentencia le siguieron otras semejantes, y aún hay demandas similares pendientes de resolución.  

Más tarde, el juzgado Contencioso Administrativo nº1 de Ciudad Real estimó el cobro de dietas, rechazadas por la Administración, a un agente medioambiental que se desplazaba fuera de su localidad habitual de trabajo para cubrir las guardias de incendios que le eran encomendadas.

“Podríamos seguir con un extenso número de litigios interpuestos por CCOO, en algunos casos estimados, otros no; pero que evidencian el conflicto permanente de esta norma con los derechos de los trabajadores en los servicios y guardias de extinción de incendios forestales.”

“Ha sido solo a través de la vía judicial mediante la que las condiciones laborales de los Agentes Medioambientales han ido mejorando, pues este colectivo se encuentra ante una Administración que no negocia y cuando lo hace no cumple con lo acordado”, recalca Martínez.

“De hecho, las demandas contra esta nefasta Orden de Incendios no terminarán aquí, pues, por ejemplo, la Administración se empeña en retribuir de idéntica manera los servicios nocturnos y diurnos en guardias de incendios. ¿En qué tipo de trabajo el horario nocturno se retribuye igual que el diurno? Esta es otra cuestión que previsible y lamentablemente también habrá de resolverse en la vía judicial.”

“La Administración”, añade Martínez, “continua además utilizando la Orden de Incendios de 2013 como cajón de sastre, aplicándola de forma impropia para regular la prestación de servicios por parte de los agentes medioambientales en otro tipo de emergencias muy distintas, como inundaciones, nevadas, búsqueda y rescate de personas en el medio natural, o como su participación -declarara esencial- en la lucha contra la pandemia.”

“Este estiramiento inadecuado de una Orden de Incendios de por sí más que controvertida, e incluso enmendada en los tribunales, provoca inseguridad jurídica en las actuaciones de los agentes medioambientales en esas otras emergencias, además de unas retribuciones irregulares y en ocasiones injustas y arbitrarias.”

“Pese a ello, la Administración parece sentirse cómoda con esta Orden; pues se resiste a elaborar una nueva que mejore la muy deficiente que tenemos en la actualidad. Como se resiste también a regular mediante una Orden específica todas las demás contingencias que atienden los agentes medioambientales; y como se resiste a adecuar la obsoleta Orden de Horarios de 2008 a las realidades de 2023, incluida su obligada adaptación al propio Plan Concilia de la JCCM.”

“En la pasada legislatura llegamos a negociar e incluso a acordar una nueva Orden para regular el horario especial de los puestos de trabajo reservados al Cuerpo de Agentes Medioambientales, incluyendo en ella la regulación de los servicios a realizar en las diferentes contingencias que atienden estos funcionarios públicos el medio natural.”

“Una Orden que, tras dos años de negociación, el Gobierno de CLM se negó a publicar en el DOCM, lo que provocó una concentración de Agentes Medioambientales frente a las puertas de la Consejería de Administraciones Públicas”, recuerda Martínez, que advierte que “el documento sigue guardado en un cajón, por lo que, además de la litigiosidad judicial, no podemos descartar nuevas movilizaciones.”

“Pero preferiríamos, y así lo reclamamos, que nuestra nueva consejera, junto con el titular de Hacienda y Administraciones Públicas, mostraran otra disposición y acometieran de una vez por todas la elaboración de una nueva Orden de Incendios y de una novedosa y específica Orden de Contingencias en el Medio Natural; y que rescataran y llevaran al DOCM la Orden de Horarios ya negociada y acordada.”

Para voz o más información:

José Luis Martínez 696 500 358

Coordinador del Sector Autonómico de CCOO-FSC CLM

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