La fecha de constitución de las Cortes estará determinada en el decreto de convocatoria, prevista para mediados de agosto.

El decreto de convocatoria pondrá fecha a la constitución de las Cortes, que se calcula para mediados de agosto

El Boletín Oficial del Estado publicará este martes el real decreto de disolución de las Cortes y de convocatoria de elecciones generales. Este documento esencial para el proceso electoral, ha sido firmado por el presidente Pedro Sánchez y sancionado por el Rey. Serán cinco las fechas clave que se marcan en este documento, entre ellas el día de la constitución de los nuevos Congreso y Senado, que este año se realizará a mediados del mes de agosto. La entrada en vigor del decreto es inmediata y, por tanto, desde este martes se ponen en marcha las juntas electorales y entran en vigor una serie de prohibiciones, como la de realizar actos de inauguración o campañas de propaganda institucional para difundir logros de legislatura.

La disolución del Congreso y del Senado es otra de las fechas cruciales que se marcan en el decreto que se publicará el martes 30 de mayo. A partir de la media noche, solo quedarán en activo los miembros de las diputaciones permanentes de ambas cámaras y el resto de parlamentarios perderán sus atribuciones, incluyendo sueldo y fuero.

El real decreto también fijará la fecha de las elecciones generales, que serán el 23 de julio, 54 días después de la publicación de la norma, y la fecha de inicio y de conclusión de la campaña electoral, que tendrá una duración de quince días. Todo iniciará a las cero horas del viernes 7 de julio, San Fermín, y acabará a las 24 horas del viernes 21 de julio.

Por último, el decreto fijará el día y la hora en que deben reunirse las Cámaras para celebrar su correspondiente sesión constitutiva tras las elecciones, en la que diputados y senadores tomarán posesión de su escaño y se elegirá al Presidente y resto de miembros de las Mesas de ambas Cámaras. Se espera que las Cámaras se constituyan después del día 15 de agosto, martes y festividad de la Asunción de la Virgen, festivo nacional.

En cuanto al número de parlamentarios que se eligen en cada circunscripción, deberá precisarse en el decreto ya que es una cifra que puede variar en cada convocatoria en función de su población. En total se eligen 350 diputados y 208 senadores, y aunque la ley electoral permite elegir un día al Congreso y otro distinto al Senado, nunca se ha aplicado esta opción.

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