El jurado popular que en estos días ha llevado a cabo el juicio en la Audiencia Provincial de Toledo ha declarado culpable a N.P. del delito de homicidio de su hijo G.S.P. El trágico suceso ocurrió en la noche del 11 de octubre de 2020 en Santa Cruz del Retamar.
Tras la lectura del veredicto, el juicio ha quedado visto para sentencia, y el acusado se enfrenta a una posible pena de prisión que oscila entre los 10 y 15 años, según lo establecido en el Código Penal.
En un principio, la fiscalía consideraba que el delito cometido era de asesinato. Sin embargo, el cambio en la declaración del acusado, en el que confesó su culpabilidad, ha llevado a modificar las conclusiones de la acusación. La fiscalía ha rebajado la petición de prisión de los 25 años iniciales por el delito de asesinato con agravante de alevosía, a 13 años por el delito de homicidio, tal y como se contempla en el artículo 138 del Código Penal.
Además de la pena privativa de libertad, la fiscalía ha solicitado que, una vez cumplida la condena, se establezca al acusado una medida de libertad vigilada durante 10 años. Esta medida busca impedir que se acerque a sus familiares a una distancia de 1.000 metros y tampoco le permitirá residir en el mismo municipio.
Por su parte, la defensa ha manifestado conformidad con la modificación planteada por la fiscalía. Tanto la acusación particular como la acusación pública han respaldado la rebaja de la pena, aunque han expresado su desacuerdo con la reducción de las indemnizaciones por responsabilidad civil.
La acusación particular mantiene su solicitud inicial de responsabilidad civil. Esta implica que M.A.D. deberá pagar 94.000 euros por el fallecimiento de su pareja, otros 94.000 euros a cada uno de los dos hijos de la víctima, 42.000 euros a L.P., madre de la víctima, y 15.000 euros a N.G.P., hermano del fallecido.
En cuanto a los testimonios presentados durante el juicio, la admisión de culpabilidad por parte de N.P. ha llevado a la renuncia de los abogados a convocar a los agentes de la Guardia Civil encargados de la investigación. Sin embargo, se ha considerado necesario que los médicos forenses declaren, ya que la acusación mostraba un «interés» en sus declaraciones.
Durante su comparecencia, los forenses han destacado que, en la autopsia de la víctima, se determinó que la causa de la muerte fue una cuchillada en el pecho, sin ninguna otra lesión adicional. Según los expertos, la herida corresponde a las características de un apuñalamiento voluntario, descartando la posibilidad de un accidente, ya que para que se produzcan este tipo de lesiones, el arma blanca debe ser utilizada con cierta fuerza.
El equipo forense también ha ratificado un informe realizado durante la investigación sobre el estado de salud mental del acusado. Según el informe, no se encontraron alteraciones o afectaciones que pudieran afectar a las capacidades del acusado en el momento de cometer los hechos.
Una vez finalice el proceso judicial, se espera que el tribunal dicte sentencia, la cual determinará la pena definitiva que deberá cumplir N.P. por el homicidio de su hijo.