La Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha ha fijado el calendario para la temporada cinegética 2024-2025, determinando que el periodo general de caza dará comienzo el 8 de octubre y concluirá el 8 de febrero para las especies de caza menor y el 21 de febrero para las de caza mayor. La información, publicada este miércoles en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, fue firmada por Mercedes Gómez, consejera de Desarrollo Sostenible.
En cuanto al periodo de media veda, estará vigente del 20 de agosto al 21 de septiembre para la paloma torcaz y la paloma bravía, permitiéndose la actividad cinegética únicamente los jueves, sábados y domingos. La orden refleja un estudio previo en el que se ha analizado la fenología y población de las aves de caza, evaluando su estatus en la región para su inclusión oportuna como especies cinegéticas en este periodo.
Entre las novedades para la nueva temporada de caza, destaca prohibir el uso de visores térmicos durante la caza de liebre, perdices rojas o cualquier otra caza menor, ya sea en mano o al salto.
La Consejería también ha decidido eliminar los cupos de jabalí en toda Castilla-La Mancha, así como potenciar las estrategias para reducir la sobreabundancia de ungulados de ciervo, gamo, corzo y cabra montés.
Para la codorniz común, el periodo de media veda se establece del 20 de agosto al 15 de septiembre en toda la comunidad autónoma. Se han establecido fechas específicas para determinadas comarcas agrarias como la Serranía Alta de Cuenca y Alcarria Baja de Guadalajara, Fechas en las que también está permitida la caza únicamente los jueves, sábados y domingos.
Como medida demandada por la Comisión Europea (DG ENVI), se confirma la cuota 0 de caza de tórtola europea en Castilla-La Mancha. Adicionalmente, con la finalidad de reducir las poblaciones de jabalí y así prevenir posibles daños a la agricultura y evitar accidentes de tráfico, continuarán permitiéndose las esperas o aguardos en el perímetro de cultivos y praderas.
En una nueva regulación, se incluye a todas las especies cazables de Castilla-La Mancha en un listado de especies que pueden ser comercializadas ya sea vivas o muertas, con fines cinegéticos, de consumo de carne o para naturalización, según lo establecido en el Reglamento de aplicación de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha.
La exigencia de recoger todos los casquillos de munición utilizada se mantendrá para evitar su abandono en el medio natural, excepción hecha de aquellos elementos que, al disparar, resulten de difícil recuperación. Con estas normativas, la comunidad autónoma busca no solo regular la actividad cinegética, sino también conservar y proteger el entorno natural.