El uso del DNI será obligatorio en votaciones por correo, según la Junta Electoral tras su aplicación en Melilla el 28M.

La Junta Electoral acuerda exigir el DNI para emitir el voto por correo, como se hizo en Melilla el 28M

La Junta Electoral Central ha dictaminado que los votantes que opten por emitir su voto por correo en las próximas elecciones generales del 23 de julio deberán identificarse con su DNI, o un documento con validez equivalente, en el momento de depositar el voto, en lugar de hacerlo solo en el momento de solicitarlo, tal y como indica la normativa actual. Esta medida fue tomada de manera excepcional en las últimas elecciones locales en Melilla, con el fin de tratar sospechas de posibles fraudes en cuanto a robo de documentación electoral y abre la puerta a cambios en la ley electoral. En aquella ocasión, la JEC respaldó la decisión de exigir la identificación del votante por correo mediante el uso de su DNI, incluso extendiéndolo a todas las oficinas de correos del resto del territorio español, aunque solo se requería a los votantes censados en Melilla. La identificación del votante por correo fue solicitada por algunos de los partidos políticos presentes en los comicios de Melilla, como Vox, y también por la Dirección General de Política Interior. Es predecible que, debido a la convocatoria electoral en pleno periodo vacacional, se produzca un aumento del voto por correspondencia en las próximas elecciones. Como resultado, la Junta Electoral Central ha tomado la decisión de aplicar la exigencia del DNI en los comicios del 23 de julio, lo que significa que los votantes deberán identificarse al depositar su voto en la oficina de correos correspondiente. Además, si un votante decide delegar la entrega del voto a terceros, deberá conferir una autorización firmada, acompañada de una fotocopia del DNI o documento análogo del votante original.

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