El Tribunal Supremo ratifica la absolución de un hombre que intentó matar a un médico por su «intoxicación plena» de drogas y alcohol

TS ratifica absolución de un hombre que intentó matar a un médico por su "intoxicación plena" de drogas y alcohol

El Tribunal Supremo ha ratificado la absolución de un hombre diagnosticado con un trastorno de personalidad límite, acusado de intentar asesinar a un médico que acudió a su domicilio tras un aviso de su madre al 112, donde ella informaba de que había agredido a su padre. Los magistrados han subrayado que la decisión se basa en el estado de «intoxicación plena» por alcohol y drogas en el que se encontraba el acusado al momento de los hechos.

En la sentencia, consultada por Europa Press, el alto tribunal precisó que dado que la sentencia inicial ya acreditó que el imputado estaba en un estado de intoxicación, no era posible modificar la absolución. No obstante, esta decisión fue impugnada por dos de los cinco magistrados, el presidente en funciones de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta, y el magistrado Vicente Magro, quienes emitieron un voto particular en desacuerdo.

Los incidentes ocurrieron en una madrugada de junio de 2018, cuando el acusado agredió a su padre. Tras consumir alcohol y drogas, se comportó de manera agresiva, lo que llevó a su madre a alertar a los servicios de emergencia. Cuando el médico y una enfermera llegaron a la vivienda, el acusado, armado con un palo de grandes dimensiones, salió bruscamente y golpeó al médico varias veces en la cabeza, con la intención de matarlo.

El médico sufrió un traumatismo craneoencefálico grave, lo que le llevó a una larga recuperación, incluyendo rehabilitación durante más de un año. La agresión le dejó múltiples secuelas, afectando gravemente su autonomía personal y laboral, lo que resultó en el reconocimiento de incapacidad permanente.

La Audiencia Provincial de Toledo decidió absolver al acusado de un intento de asesinato aplicando la eximente de responsabilidad criminal debido a su estado de intoxicación, impuso una pena de internamiento en un centro de deshabituación y le ordenó indemnizar al médico y a otros afectados. Sin embargo, el Colegio de Médicos de Toledo, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Fiscalía recurrieron la sentencia, argumentando que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva y que no se debió aplicar la eximente.

El Tribunal Supremo, sin embargo, rechazó estos argumentos y confirmó que el acusado no había tenido conciencia de que su víctima era un funcionario, lo que imposibilitaba condenarlo por atentado. También destacó que los informes médicos evidenciaban un estado de intoxicación tan severo que afectaba su capacidad de discernir entre el bien y el mal.

Finalmente, a pesar de los disensos expresados en el voto particular, el alto tribunal reafirmó su decisión, manteniendo la orden de internamiento y las indemnizaciones señaladas en instancias previas.

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