El Supremo Evalúa si el Ayuntamiento de Puertollano Debe Indemnizar con 400.000 Euros a Guardería Clausurada

El Supremo debatirá si Ayuntamiento de Puertollano debe pagar 400.000 euros a una guardería cerrada

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha dado un paso significativo al admitir a trámite el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Puertollano (Ciudad Real) en un caso que enfrenta al Consistorio con la empresa Servicios Infantiles Dulcinea. El litigio se centra en el pago de una indemnización de 405.807 euros que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha impuso al Ayuntamiento en una sentencia fechada el 11 de octubre de 2022.

El conflicto surge después de que Servicios Infantiles Dulcinea renunciara al contrato de concesión de 50 años para el uso privativo de una parcela donde tuvieron sus operaciones, detrás del hospital de la ciudad minera de Puertollano. La empresa presentó esta renuncia el 31 de agosto de 2018, motivada por no cumplir con las expectativas de rentabilidad previstas, y solicitó una indemnización inicial de 671.755 euros por las obras realizadas en el emplazamiento, alegando que la inversión no había sido amortizada y que dichas instalaciones revertirían al municipio.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en su sentencia, otorgó la razón a la empresa basándose en precedentes judiciales y destacó la existencia de una «laguna regulatoria» en el pliego del contrato, al no contemplar los motivos ni los efectos de una renuncia por parte del contratista.

Ahora, con la intervención del Tribunal Supremo, el caso podría experimentar un giro judicial significativo. El Alto Tribunal ha identificado que el tema tiene interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, enfocado particularmente en el principio de riesgo y ventura aplicable a un contrato de concesión para uso privativo de una parcela de dominio público. El Supremo tendrá que esclarecer los efectos que surgen tras la renuncia unilateral del concesionario y si dicha renuncia puede generar algún enriquecimiento sin causa justificada, asunto que será analizado bajo el marco de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

El Ayuntamiento de Puertollano sostiene que tratándose de una concesión de suelo público en lugar de un contrato de obra y servicio, la empresa asumió los gastos de las obras por su propia cuenta y riesgo, sin supervisión administrativa, y afirma que no deberían derivarse consecuencias económicas para la Administración tras un desistimiento unilateral e inmotivado de la concesionaria.

La empresa beneficiaria de la concesión desde 2007 pagó un canon simbólico de 50 euros y, durante su actividad, más de 750 niños pasaron por la guardería, con la colaboración de más de 100 educadores. Desde el cierre de las instalaciones, estos espacios han sufrido al menos dos incendios, evidenciando su estado de abandono. Este nuevo capítulo en el tribunal podría no sólo resolver un contencioso económico de larga data, sino también sentar un precedente legal relevante en la gestión de contratos públicos.

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