El Tribunal Supremo ha dado la razón al Ayuntamiento de Herencia por retirar las placas de origen franquista que permanecían adosadas a ambos lados de la entrada de la iglesia de Nuestra Señora de la Merced, que también acoge un convento de Los Mercedarios. Además, el Supremo condena a los concejales del grupo del PP de Herencia, Orden de la Merced y un grupo de ciudadanos a que paguen las costas causadas al Ayuntamiento por estos recursos.
El Tribunal Supremo acuerda la inadmisión a trámite de los tres recursos de casación preparados por la Orden de la Merced de la Provincia de Castilla-La Mancha, concejales del Grupo Municipal del Partido Popular de Herencia y un grupo de ciudadanos y se hace saber que contra dicha providencia no cabe recurso alguno y confirmando la Sentencia del TSJ de Castilla-la Mancha que daba la razón al Ayuntamiento herenciano.
Inicialmente, un Juzgado de Ciudad Real dictó sentencia estimando parcialmente los tres recursos interpuestos contra la decisión del Ayuntamiento de retirar las placas franquistas, acordando su reposición. Sin embargo, el Ayuntamiento apeló en 2020 ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) quien, estimando el recurso, dio la razón al Ayuntamiento de Herencia al entender que la retirada de las placas era ajustada a Derecho al cumplir la Ley de Memoria Histórica.
Las placas habían sido retiradas en virtud de dos resoluciones del Consistorio, adoptadas en 2016 en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica. El TSJ de Castilla -La Mancha estimó el recurso del Ayuntamiento de Herencia al entender que las placas habían sido debidamente retiradas y que no procedía su reposición. En ellas figuraban 76 nombres encabezados por José Antonio Primo de Rivera, y podían leerse originariamente las expresiones «Caídos por Dios y por España».