El Supremo cierra caso contra Belarra tras declaraciones sobre Israel: genocidio fuera de acusación

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En una resolución que ha reafirmado los fundamentos de la libertad de expresión en el ámbito político, la Sala Penal del Tribunal Supremo ha desestimado tanto una denuncia como una querella presentadas en contra de Ione Belarra, diputada y anterior ministra, acusándola de cometer un delito de discurso de odio debido a sus declaraciones sobre las acciones de Israel contra Palestina. Belarra, conocida por su posición crítica frente a lo que ella denomina «políticas de apartheid» de Israel, había calificado las acciones del país como un «genocidio planificado», lo que suscitó reacciones adversas y llevó a la presentación de acciones legales en su contra.

Estas acusaciones fueron sometidas a la consideración del Tribunal Supremo, que, tras un análisis detallado, ha decidido no admitirlas a trámite. El fallo resalta que las manifestaciones de Belarra, lejos de constituir actos de antisemitismo o discursos de odio por criticar al gobierno de Israel, se enmarcan dentro de un debate público y democrático. El alto tribunal refuerza la idea de que este tipo de expresiones están protegidas por el derecho a la libertad de expresión y, por ende, están exentas de sanción penal.

La controversia se originó tras declaraciones hechas por Belarra, quien en su momento como ministra de Agenda 2030, denunció enérgicamente la «política de ocupación y apartheid muy violenta» que Israel ha aplicado sobre Palestina durante décadas. Sus palabras, que incluyeron un llamado a la acción pública, fueron interpretadas por algunos sectores, como el presidente de Acción y Comunicación sobre Oriente Medio, como un presunto incitamiento al odio racial específicamente dirigido contra el pueblo judío, lo cual debería ser castigado conforme al artículo 510.1.a del Código Penal español.

En contraposición, el Tribunal Supremo ha clarificado que las actividades llevadas a cabo por Belarra, como diputada nacional y miembro del Gobierno, no buscaban fomentar hostilidad ni odio hacia los judíos, sino impulsar el debate sobre una situación compleja y de reconocida división de opiniones a nivel tanto nacional como internacional. Además, el Supremo destacó que las iniciativas propuestas por Belarra, como el establecimiento de sanciones económicas a Israel o la presión diplomática internacional, tienen como objetivo final el cese de acciones militares, no la promoción del odio racial.

Este pronunciamiento refuerza el papel de la libertad de expresión dentro del discurso político, subrayando que el ejercicio crítico y público de tal libertad, incluso cuando se abordan temas de gran sensibilidad como es el conflicto israelí-palestino, está protegido legalmente, siempre que no cruce el límite hacia el discurso de odio o la incitación a la violencia. El caso de Ione Belarra sirve así como un recordatorio de la complejidad de balancear los derechos a la libre expresión y a la protección contra el discurso de odio, especialmente en el ámbito de la política internacional.

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