Desde este sábado, los empleados estarán exentos de proporcionar a la empresa el certificado médico de baja laboral.

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A partir del 1 de abril, los trabajadores en situación de incapacidad temporal ya no estarán obligados a entregar su parte médico de baja a sus empleadores, según una nueva norma aprobada por el Consejo de Ministros. Esta medida se aplicará a los procesos de incapacidad temporal que aún no hayan alcanzado los 365 días de duración. La norma también estipula que solo se entregará una copia del parte médico de alta y baja al trabajador, eliminando la segunda copia y la obligación de entregarla a la empresa, entidad gestora o mutua.

En lugar de este método tradicional, la Administración se encargará de comunicar a las empresas la emisión de los partes médicos de sus empleados de forma telemática. De esta forma se evitarán trámites innecesarios y complejos para los trabajadores en situación de incapacidad temporal. A partir de ahora, cuando un trabajador reciba un parte médico de baja, confirmación o alta del facultativo, se le entregará una copia, y será el servicio público de salud, la mutua o la empresa colaboradora quien remitirá los datos telemáticamente al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Las empresas tendrán la obligación de transmitir al INSS los datos pertinentes a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) en un plazo máximo de tres días hábiles después de recibir la comunicación de la baja médica. Si no cumplen con este requisito, podrían ser objeto de infracciones contempladas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) con multas que oscilan entre 70 y 750 euros.

Los cambios introducidos en la reforma de las pensiones también afectarán a los procesos de incapacidad temporal. A partir del 17 de mayo, las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social no tendrán la posibilidad de recurrir al INSS en caso de que su propuesta de alta sea rechazada por los servicios de salud. Además, si no se emite un alta médica después de 365 días de baja por incapacidad temporal, la prórroga se extenderá automáticamente sin necesidad de una declaración explícita.

En resumen, esta nueva normativa y la reforma de las pensiones buscan agilizar los procedimientos y eliminar obligaciones burocráticas en los procesos de incapacidad temporal.

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