Derecho a Conciliación Familiar: Tribunal Respeta la Reducción de Jornada Laboral de Madre con Hijo Enfermo Grave

Reconocen el derecho de una trabajadora a reducir su jornada para cuidar de su hijo aquejado de una grave enfermedad

Comisiones Obreras ha anunciado que la justicia ha otorgado el derecho a una trabajadora de Castilla-La Mancha de reducir su jornada laboral para atender a su hijo, quien sufre de acromatopsia de Leber, una grave enfermedad que requiere de «atención directa, continua y permanente». A pesar de la gravedad del diagnóstico, la mutua correspondiente rechazó inicialmente la prestación económica que debía recibir la madre por la reducción de su horario laboral. Sin embargo, gracias a la actuación de los servicios jurídicos del sindicato, se ha revertido la situación.

Concretamente, se describió la condición del menor con un diagnóstico que incluye «Acromatopsia de Leber e hipertensión intracraneal idiopática crónica secundaria y pseudotumor cerebral con papiledema bilateral que no respondía a tratamiento médico farmacológico, de muy difícil control, con déficit visual grave». Esta situación motivó a la madre a solicitar un recorte en su jornada laboral de un 99% hace un año, y aunque no fue hasta junio cuando requirió formalmente la prestación, la respuesta en agosto de 2023 por parte de la mutua fue negativa.

El Juzgado de lo Social 2 de Toledo intervino para rectificar la posición del Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la mutua colaboradora, pues estos habían argumentado que la grave enfermedad del menor no estaba contemplada dentro del listado de patologías reconocidas para estos efectos. El juez replicó que los informes médicos eran contundentes en señalar la necesidad del menor por un tratamiento médico persistente y atención constante, otorgando así la razón a la demandante.

Raquel Payo, responsable de Salud Laboral en CCOO CLM, destacó la relevancia del caso, mencionando que debería ser entendido dentro de los supuestos amparados por el Estatuto de los Trabajadores para la cobertura de la prestación. Payo además recordó que según la normativa vigente, los progenitores tienen el derecho a solicitar una reducción de jornada de entre el 50 y el 99% y recibir un subsidio de la Seguridad Social que compense esta reducción, subsidiación que debe ser reconocida por la mutua correspondiente.

Finalmente, Payo enfatizó que, en tales circunstancias, es el trabajador quien debe determinar el horario dentro de su jornada ordinaria y no la empresa. Además, recordó que ambos progenitores deben estar trabajando para tener derecho al subsidio, y que dicho subsidio sólo puede ser reconocido a uno de ellos. Comisiones Obreras se posiciona como apoyo para las familias que puedan enfrentarse a situaciones similares, ofreciendo su asesoría jurídica a quienes deban luchar por conseguir lo que legalmente les corresponde.

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