Dentro del Grupo Parlamentario Socialista en el Senado, se ha constituido el Grupo Territorial ‘Socialistas de Castilla-La Mancha’, el cual estará compuesto por siete miembros. La coordinadora del grupo será Carmen Torralba, senadora electa por Cuenca, mientras que Pilar Zamora, senadora autonómica, actuará como vicecoordinadora.
Además de ellas, formarán parte del grupo los senadores electos Amparo Torres Valencoso (Albacete), Julián Nieva Delgado (Ciudad Real), Araceli Martínez Esteban (Guadalajara), José Manuel Tofiño Pérez (Toledo), y el senador autonómico, Juan Ramón Amores.
Una vez constituido el Grupo, Torralba ha expresado su satisfacción por su creación y ha destacado que su objetivo es convertir el Senado en una cámara de representación territorial donde se puedan debatir y discutir las iniciativas de los diferentes territorios.
«Las y los socialistas de Castilla-La Mancha en el Senado trabajaremos para dar visibilidad a las peculiaridades y necesidades de nuestra comunidad autónoma en la cámara territorial», ha asegurado.
La constitución de los grupos territoriales está contemplada en el artículo 32.1 del Reglamento del Senado, el cual establece que «dentro de los grupos parlamentarios que se compongan de senadores elegidos en el territorio o por las asambleas legislativas u órganos colegiados superiores de dos o más Comunidades Autónomas, podrán constituirse grupos territoriales».
Además, el artículo 32.2 del reglamento menciona que «cada grupo territorial estará integrado, al menos, por tres senadores elegidos por el electorado del territorio designado por la asamblea legislativa u órgano colegiado superior de la Comunidad Autónoma respectiva», informó el PSOE en una nota de prensa.
Finalmente, en cuanto a su participación en las sesiones plenarias, el artículo 85 establece que «en los debates del Pleno de la Cámara sobre cuestiones que afecten de modo especial a una o más Comunidades Autónomas, el presidente, de acuerdo con los portavoces de los grupos parlamentarios respectivos, ampliará el número de turnos de portavoces fijado en cada caso por el reglamento a efectos de que puedan intervenir los representantes de los grupos territoriales afectados».